Ignacio de la Calzada, abogado, sobre las horas extras: “Si haces más de estas, podrían multar a tu empresa con hasta 7.500 euros”

Muchas compañías transforman el tiempo trabajado fuera de jornada en supuestos pluses o incentivos, una práctica extendida que la Inspección de Trabajo vigila cada vez con mayor atención

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Así es la ley sobre la jornada laboral actual: duración, pago de horas extra y descansos retribuidos.

Aunque la legislación laboral española es clara y en 80 el máximo de horas extraordinarias legales que puede realizar un empleado al año, muchas empresas encuentran en este límite un inconveniente para su actividad y deciden saltárselo. El Estatuto de los Trabajadores establece que dichas horas deben ser voluntarias, salvo pacto en convenio o contrato, y siempre compensadas, ya sea con descanso equivalente o con un salario que no puede ser inferior al valor de la hora ordinaria, pero también abundan los incumplimientos en ese sentido.

A menudo, las empresas implementan estrategias ilícitas para remunerar horas extra más allá de los límites legales, empleando conceptos alternativos como “productividad” o “plus de incentivos” que enmascaran ese tiempo adicional trabajado aunque el trabajador cobre por ello. Según el abogado Ignacio de la Calzada, esta práctica se da para evitar enfrentarse a sanciones severas impuestas por la autoridad laboral, ya que rebasar el máximo anual permitido constituye una infracción grave establecida por la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).

Sanciones a la empresa

Conforme explicó el letrado en su perfil de TikTok (@laboral_tips), “si haces más de estas horas extras, a tu empresa la podrían multar con hasta 7.500 euros de multa”, refiriéndose a la cuantía máxima prevista, cuyo rango oscila entre 750 y 7.500 euros. El jurista detalla que las horas extra son aquellas que sobrepasan las 40 horas semanales o la jornada anual ordinaria de aproximadamente 1.800 horas para gran parte de los sectores.

Ignacio de la Calzada, abogado,
Ignacio de la Calzada, abogado, sobre las horas extras. (Montaje Infobae con imágenes de @laboral_tips / TikTok)

Realizar horas adicionales es una realidad extendida en muchas compañías, a veces por iniciativa del propio empleado, en otras ocasiones por directiva de la empresa, e incluso existen “casos en los que te obligan y no las cobráis. Pero eso es otro tema”, puntualizó de la Calzada, que se dedica a la divulgación de información sobre Derecho Laboral en redes sociales además de su labor como abogado en Galant Iuris, despacho que él mismo fundó.

Ventajas para el empleado

Existe un límite normativo: un trabajador no puede realizar legalmente más de 80 horas extras al año y solo en circunstancias muy concretas pueden ser abonadas de forma directa. El especialista advierte: “Nunca se pone en concepto hora extra. Porque superar este límite comporta una infracción grave de la LISOS, de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social”. Por ello, las empresas optan por canalizar estos pagos bajo otros conceptos que permiten su registro en la nómina sin que consten como horas extra, lo que “beneficia al trabajador, porque cotizan siempre”, en sus palabras.

En el plano de la cotización, las horas pagadas como plus o incentivo se tienen en cuenta para todas las contingencias, a diferencia de las horas extra reconocidas como tales, que solo cotizan en caso de accidente de trabajo. “Si tienes una enfermedad común, no se contarían. Pero, sin embargo, si cotizan como un plus o un incentivo, te están contando en cualquier caso”, subrayó el abogado. La Inspección de Trabajo es la encargada de aplicar las multas, “y se la pone a la empresa. Los trabajadores no tienen ningún peligro”, explicó de la Calzada.