
En diciembre de 2024, después de quince años de trabajo en la mina Veladero, provincia de San Juan, Roberto Sarmiento fue notificado de su despido. La decisión se tomó sin causa aparente, sin explicaciones ni litigios. A cambio, recibió $110 millones de indemnización por parte la empresa Minera Andina del Sol, conformada por Barrick Gold y Shandong Gold. Aunque se trata de una cifra exorbitante, no sorprendió a quienes conocen el mundo de la minería donde los sueldos oscilan entre los $5.000.000 y $7.000.000 mensuales.
Sarmiento, maquinista de oficio y oriundo de San Luis, tenía un perfil que pasaba inadvertido: clase media, sin deudas ni antecedentes llamativos. Su vida, hasta entonces, había estado definida por el ritmo cíclico de las jornadas en altura, la maquinaria pesada y las escalas salariales del convenio minero.
La mina Veladero es uno de los yacimientos de oro y plata más importantes de Argentina, y su operación implica una logística compleja y condiciones laborales muy particulares. Se sitúa en plena cordillera de los Andes, en el departamento de Iglesia. Allí, las operaciones se desarrollan en lugares ubicados entre los 4.000 y 4.850 metros sobre el nivel del mar, aproximadamente a 374 kilómetros al noroeste de la ciudad de San Juan. El trabajo de Sarmiento consistía en operar y vigilar las máquinas y el equipo que se utiliza para perforar y explotar barrenos, o abrir rozas.

Al igual que el resto de los mineros, Sarmiento se regía por un sistema de rotación 14x14. Es decir, permanecía 14 días seguidos en la mina y luego descansaba 14 días en su casa. Durante los días en operación, vivía en campamentos mineros especialmente preparados para soportar las condiciones climáticas de alta montaña.
La jornada laboral diaria se extendía durante 12 horas, en turnos diurnos y nocturnos, donde las temperaturas podían descender a -20℃ en invierno y la radiación solar es elevada.
Cuando ya habían quedado atrás esos días de tareas extenuantes, disfrutaba de su tiempo libre y pensaba en qué gastar su dinero, su cuenta bancaria experimentó un inusual movimiento. Unas 72 horas después de haber cobrado la indemnización recibió otros $110.000 millones parte de la empresa Andina del Sol.

Había sido una falla humana. El administrativo y el contador encargados de abonar la indemnización no advirtieron que el dinero ya había sido enviado y lo hicieron nuevamente.
Cuando la empresa notó el movimiento duplicado, intentó contactar a Sarmiento. No hubo respuesta. No hubo devolución. Entonces acudieron a la justicia. Esa duplicación contable fue el primer paso hacia una causa penal por estafa. Hoy, el caso está a cargo de la Unidad Fiscal de Delitos Informáticos y Estafas de San Juan, que está a cargo del fiscal Guillermo Heredia.
¿Cómo fue que un asunto laboral terminó en una denuncia penal? Según los informes bancarios solicitados por la fiscalía, Sarmiento transfirió el segundo monto —los $110 millones adicionales— a una cuenta a nombre de su esposa, identificada con el apellido Muñoz.
“En ese momento se configura el delito de estafa. Ya no se trata de una simple defraudación por no devolver un dinero recibido por error, sino que hay una conducta orientada a ocultar los fondos”, explicó el fiscal Heredia a Infobae. “Ese hallazgo desvió la atención la causa de una simple omisión a un presunto delito deliberado”, agregó.

La fiscalía actuó rápido. Las cuentas vinculadas a Sarmiento y Muñoz fueron bloqueadas, impidiendo que el dinero se moviera. “El dinero no lo gastaron, sigue estando en la cuenta de la mujer de Sarmiento”, precisó el fiscal, quien aclaró que lo que pretende la empresa es que el ex trabajador devuelva ese dinero que no le corresponde.
Sin embargo, el caso se complicó más de lo esperado porque la justicia de San Juan le tuvo que pedir ayuda a la de San Luis. “El motivo radica en que tanto Sarmiento como su esposa residen en San Luis, fuera del alcance directo de los tribunales sanjuaninos”, remarcó el fiscal Heredia.
A pesar de que Sarmiento ya fue citado a declarar por la justicia de San Luis, no se presentó a la audiencia. “La causa ya fue formalizada, y si vuelve a ausentarse, se solicitará su detención. Muñoz también fue imputada y deberá declarar sobre su participación en la transferencia”, dijo el fiscal, que además señaló que en el expediente penal los dos figuran como imputados.

Ese tipo de delito se encuentra tipificado en el artículo 172 del Código Penal Argentino, que prevé una pena de entre un mes y seis años de prisión. “Estamos hablando de una cifra que casi llega a los USD 100 mil”, remarcó el fiscal, que también hizo alusión a la multa que contempla el artículo 175.
Consultado sobre el monto de la indemnización, Heredia explicó que los trabajadores del sector minero se rigen por convenios colectivos que establecen escalas salariales altas, lo que justifica cifras de esa magnitud tras una desvinculación. “Las empresas suelen pagar indemnizaciones completas y sin litigios para evitar conflictos judiciales”, concluyó el fiscal al referirse a la paradójica situación en la que se encuentra la minera con el ex trabajador.
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