A partir de cuándo los usuarios de bicis eléctricas y scooters ya no podrán circular en ciclovías de la CDMX

Los usuarios de estos vehículos deberán portar una licencia de conducir para poder circular

Guardar
Las biciletas eléctricas ya rebasan
Las biciletas eléctricas ya rebasan los límites de velocidad de las ciclovías. FOTO: Archivo

Desde hace años el plan de movilidad urbana de la Ciudad de México ha impulsado el uso de las ciclovías y para ello ha fortalecido la oferta de bicicletas mediante el programa Ecobici, sin embargo, los capitalinos han optado por las variantes eléctricas, incluyendo scooters, para agilizar sus traslados.

El auge de bicicletas eléctricas en las principales vías de la capital ha llamado la atención de las autoridades, pues estos vehículos suelen rebasar los límites de velocidad para los cuales se diseñó esta red de movilidad, así como de la seguridad del resto de usuarios.

Por estas razones, el gobierno de Clara Brugada presentó al Congreso capitalino una propuesta de Ley de Electromovilidad que busca regular el uso de bicicletas eléctricas y scooters en la ciudad.

Usuarios de bicicletas ordinarias se
Usuarios de bicicletas ordinarias se han quejado que otros vehículos invaden las ciclovías (Foto: Cuartoscuro)

Será necesario tramitar una licencia para conducir bici eléctrica

Esta iniciativa establece que los usuarios de estos vehículos deberán portar una licencia de conducir para poder circular, además de introducir nuevas clasificaciones y restricciones para su uso.

De acuerdo con la propuesta, las bicicletas eléctricas y los scooters serán catalogados como “Vehículos Motorizados Eléctricos Personales” (VEMEPE).

Gobierno de la CDMX va
Gobierno de la CDMX va por regular circulación de bicimotos y motopatines Credito:cuartoscuro

Para ser considerados dentro de esta categoría, los vehículos deberán cumplir con ciertas características técnicas: contar con un manubrio, un asiento, un motor eléctrico, un acelerador independiente y superar una velocidad de 25 kilómetros por hora.

Estos requisitos buscan diferenciar a los VEMEPE de otros vehículos eléctricos más ligeros o de menor potencia.

La normativa también establece dos categorías para los VEMEPE.

Los vehículos de “Tipo A” incluirán aquellos con motores eléctricos cuya potencia oscile entre los 250 watts y los 1.000 watts, equivalentes a 1,34 caballos de fuerza.

Por otro lado, los vehículos de “Tipo B” serán aquellos que superen los 35 kilogramos de peso, con un límite máximo de 350 kilogramos.

Esta clasificación tiene como objetivo regular de manera más específica los diferentes tipos de vehículos eléctricos personales que circulan en la ciudad.

Un aspecto relevante de la propuesta es la prohibición de que scooters y bicicletas eléctricas ingresen a las ciclovías.

Según el documento presentado, estos espacios estarán reservados exclusivamente para peatones, ciclistas y usuarios de vehículos eléctricos que no superen los 25 kilómetros por hora.

Esta medida busca garantizar la seguridad de los usuarios de las ciclovías, al evitar la presencia de vehículos más rápidos o pesados que puedan representar un riesgo.

La obligatoriedad de portar una licencia de conducir para operar bicicletas eléctricas y scooters es otro de los puntos clave de la propuesta.

Esta medida pretende fomentar un uso más responsable de estos vehículos y garantizar que los usuarios cuenten con los conocimientos necesarios para circular de manera segura en las calles de la ciudad.

Según el gobierno de la Ciudad de México, esta regulación responde al creciente uso de vehículos eléctricos personales en la capital y a la necesidad de establecer normas claras para su operación.

El Congreso de la Ciudad de México será el encargado de analizar y, en su caso, aprobar esta propuesta de Ley de Electromovilidad.

Por lo tanto, la entrada en vigencia de esta ley dependerá de la velocidad en la que el Congreso de la Ciudad de México apruebe la iniciativa.