Policías recibieron un premio por rescatar a montañistas, sus jefes les exigieron “mochada” y cuando denunciaron comenzó la pesadilla

Una acción heroica por parte de un grupo de policías del Estado de México derivó en un caso de abuso de autoridad que a su vez desató una larga batalla legal que llegó hasta la SCJN

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Lo que comenzó como un
Lo que comenzó como un premio terminó en un embrollo legal que llegó hasta la SCJN (Cuartoscuro)

Las llamadas al 911 alertaron a las autoridades del Estado de México. Cuatro personas habían quedado atrapadas en el volcán Xinantécatl, también conocido como el Nevado de Toluca.

Sin tiempo que perder, cinco elementos de la Unidad de Servicios Médicos y Apoyo a la Población de la Secretaría de Seguridad del Estado de México (SSEM) respondieron al llamado de auxilio.

Tras implementar el operativo de rescate, los uniformados lograron sacar sanos y salvos a los montañistas de las duras condiciones climatológicas del Nevado de Toluca.

Debido al valiente actuar de los oficiales, el gobierno mexiquense reconoció su trabajo realizando una ceremonia al mérito policial en su honor en diciembre del 2019, donde les fueron entregadas una medalla, un reconocimiento y un premio monetario.

La secretaría desembolsó 261 mil 915 pesos para los cinco policías, es decir, cada uno recibió un bono, a través de un cheque, que ascendía a los 52 mil 383 pesos.

A partir de ese momento, pasó mucho tiempo para que los uniformados vivieran una alegría igual, al contrario, comenzó una pesadilla en los tribunales que duró años hasta que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

“El moche”: la extorsión de sus jefes

Primero el premio, luego "El
Primero el premio, luego "El Moche" (Foto: Cuartoscuro)

Una vez que cobraron el cheque los oficiales condecorados fueron interceptados por sus jefes inmediatos, identificados como Pedro Alberto Medina Ortega y Jesui Arrollo Martínez.

Los mandos les exigieron una parte de su premio en efectivo bajo la amenaza de que si no entregaban el dinero ya no los tomarían en cuenta para futuros reconocimientos y habría represalias en su contra.

En un principio, los mandos policiales les habían pedido 8 mil pesos a cada uno, es decir, 40 mil pesos. Pero solo lograron obtener 6 mil pesos de cuatro de los uniformados, es decir, un total de 24 mil pesos.

Sabiéndose víctimas de un delito, los policías presentaron una denuncia contra sus mandos por abuso de autoridad.

Dieciséis meses después de haberse cometido el “moche”, en abril del 2021, el Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de Toluca, en el Estado de México, encontró culpables a los jefes policiacos y los sentenció a 10 años de prisión.

Tiran la sentencia y comienza el embrollo legal

El caso se volvió una
El caso se volvió una pesadilla en los tribunales (Imagen Ilustrativa Infobae)

Inconforme con la decisión, uno de los mandos policiales sentenciado, Medina Ortega, presentó una apelación que fue resuelto a su favor por el Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca.

Así, en agosto del 2021, el tribunal declaró nula la sentencia condenatoria de los jefes de la policía mexiquense y ordenó la reposición total del procedimiento.

En respuesta, la defensa de las víctimas promovió un juicio de amparo en contra de la anulación de la sentencia condenatoria, misma que le fue concedida en abril del 2022 por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federal.

Sin embargo, el tribunal mantuvo su primera decisión, anuló nuevamente la sentencia en contra de los mandos de la Secretaría de Seguridad y ordenó la reposición total del procedimiento.

Los uniformados condecorados presentaron otro amparo, pero el juzgado declaró el sobreseimiento del caso en agosto del 2022.

Sin quedarse con las manos cruzadas, las víctimas interpusieron un recurso de revisión sobre la decisión del juzgado y, en febrero de 2023, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito falló a su favor.

Para entonces ya habían pasado más de tres años de los hechos y casi dos años de la sentencia.

Un mes después, ahora sí, el Tribunal de Alzada prácticamente mantuvo la condena, solamente individualizó la condena.

Un nuevo as bajo la manga de los mandos policiales

La defensa de uno de
La defensa de uno de los mandos corruptos acusaron inconstitucionalidad en su sentencia (Foto: Secretaría Seguridad Edomex)

Cuando parecía que por fin los uniformados condecorados recibirán justicia, el mando policiaco promovió juicio de amparo directo argumentando ahora la inconstitucionalidad de la sentencia.

La defensa del mando policiaco argumentó una violación al principio de proporcionalidad, ya que que el castigo era excesivo si se compara con penas de otros delitos graves, mientras que en delitos similares relacionados con la administración pública las penas son más bajas.

También señaló que la pena, al no contar con beneficios penales para poder reintegrarse a la sociedad, violaba sus derechos humanos.

Finalmente, mencionó inconsistencias por parte de la fiscalía en el caso al no especificar qué conducta delictiva se le imputaba, lo que –dijo– dificultó su defensa.

Sin embargo, los argumentos no fueron suficientes y el Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito le rechazó el amparo.

En un último intento, la defensa del mando policiaco presentó un recurso de revisión contra la decisión del tribunal y el caso llegó hasta la SCJN.

La decisión de la SCJN

El caso fue decidido por
El caso fue decidido por la SCJN (Cuartoscuro)

La Primera Sala de la Corte sentenció en contra del jefe policiaco y a favor de los oficiales condecorados.

La SCJN rechazó que la sanción presentada en primer lugar contra los mandos fuera inconstitucional pues cumple con el principio de proporcionalidad, ya que el castigo –10 años de prisión– es proporcional al daño causado, considerando que la corrupción afecta gravemente la confianza ciudadana en las instituciones.

Para el máximo tribunal del país, no es válido el argumento de la defensa de los jefes policiacos de comparar la sanción por abuso de autoridad con otros delitos graves –como el homicidio–, pero que sí se puede comparar con delitos relacionados a la corrupción y, en este caso, las penas son parecidas, por lo que se mantiene el principio de proporcionalidad.

La Corte también negó que hubiera alguna violación en los derechos humanos del mando corrupto al no poder recibir beneficios penales, ya que está permitido en casos de delitos graves, especialmente cuando se combate la corrupción.

Finalmente, la SCJN consideró que la fiscalía definió correctamente los delitos imputados y que el mando policiaco tuvo la oportunidad de defenderse, por lo que no se vulneraron sus derechos al debido proceso.

La sentencia fue publicada a finales de 2024, es decir, los policías condecorado recibieron justicia cinco años después de los hechos.