Negligencia médica arruina la vida de un bebé y su familia, 21 años después se hizo justicia

Las irregularidades y omisiones de distintas dependencias gubernamentales afectaron la vida del bebé, de sus padres y de su hermanita de tal manera que hoy, más de 20 años después, siguen sufriendo las repercusiones

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El caso tuvo que llegar
El caso tuvo que llegar a la SCJN para que la familia obtuviera justicia (Imagen Ilustrativa Infobae)

La alegría de tener a su primer hijo y la esperanza de formar una familia próspera se vio truncada para una pareja de Baja California por una serie de negligencias médicas del personal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Estas omisiones afectaron la vida del bebé, de sus padres y de su hermanita de tal manera que hoy, más de 20 años después, siguen sufriendo las repercusiones.

Desde entonces, el primogénito suma más de 30 operaciones –incluyendo dos trasplantes de riñón– y se encuentra en una situación de discapacidad; el padre donó un riñón para su hijo –que terminó rechazando debido a las mismas negligencias– causándole secuelas de salud que le hicieron perder el trabajo; la madre renunció a su empleo para dedicarse al cuidado de su hijo; y la hermana menor no ha podido asistir a la escuela de forma regular.

Lo peor: durante dos décadas la familia no recibió la reparación del daño integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), sino más bien una parcial dejó fuera varios daños contra cada uno de sus integrantes.

No fue hasta que el caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, en su sentencia 687/2024, se ordenó hacerlo. Este es el caso.

Todo comenzó con una fiebre…

El sueño de un nuevo
El sueño de un nuevo integrante a la familia se rompió en menos de un mes.

Era el 10 de septiembre de 2003 cuando nació el primer hijo de una pareja oriunda de Mexicali, Baja California. Él trabajaba como policía municipal y ella como en una automotriz. El embarazo se había desarrollado con normalidad, así como el parto.

El viacrucis de la familia, sin embargo, comenzó menos de un mes después del nacimiento del bebé. El 3 de octubre del mismo año el menor comenzó a presentar fiebre constante, malestares abdominales y dificultad para respirar, así que lo llevaron al Hospital de Gineco-pediatría con Medicina Familiar Número 31 del IMSS, en Mexicali, donde lo atendieron.

Aunque lo dieron de alta, la situación se repitió dos veces más en noviembre y diciembre del mismo año.

Como la salud del bebé no mejoraba, la pareja decidió llevarlo a un médico particular, donde lo diagnosticaron con un cuadro clínico de infección en vías urinarias y anemia aguda. Con ese diagnóstico regresaron al IMSS donde lo remitieron al Hospital General Regional Número 1 de Tijuana. Ahí el menor fue rediagnosticado con un cuadro clínico de válvulas uretrales posterior por lo que se le practicó una fulguración.

Pese al tratamiento, el bebé seguía presentando síntomas. Por ello, sus padres solicitaron al personal del IMSS que le realizaran estudios en los riñones, pero les fueron denegados.

Para agosto del 2004 –con el niño cerca de cumplir un año y a nueves meses de haber pedido los estudios renales sin éxito–, personal del IMSS confirmó que efectivamente el riñón derecho del bebé no estaba funcionando y el izquierdo lo hacía de manera forzada.

La historia se repetía: pese a los tratamientos el menor no mejoraba, comenzando el “tour” de hospitales y clínicas del IMSS. Del Hospital General Regional Número 1 de Tijuana lo regresaron al Hospital de Gineco-Pediatria con Medicina Familiar Número 31; luego al Centro Médico Nacional de Occidente, en Guadalajara, Jalisco; y de ahí al Centro Médico Nacional “Siglo XXI” de la Ciudad de México.

Pasaron así más de cinco años –siete desde que comenzaron los primeros síntomas–, cuando el 19 de enero del 2010 se le realizó un trasplante de riñón al niño proveniente de su padre. Sin embargo, el menor comenzó a rechazar el riñón a causa de negligencias médicas.

Un daño sin reparar

Por las negligencias médicas, el
Por las negligencias médicas, el niño rechazó el riñón que le donó el papá (Imagen Ilustrativa Infobae)

Fue entonces que la familia presentó una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra el IMSS argumentando que la atención médica a su hijo fue inadecuada, pues al no haber sido diagnosticado oportunamente su estado de salud tuvo complicaciones irreversibles. La CNDH presentó la recomendación a favor del menor el 17 de mayo del 2012 y ordenó reparar el daño.

Mientras esto ocurría, la salud del menor seguía sufriendo complicaciones. A causa del rechazo del riñón, el niño –ya de más de 10 años de edad– tendría que realizarse diálisis hasta que estuviera listo para un nuevo trasplante.

Debido a la situación de salud del menor, los padres solicitaron la subrogación de los servicios médicos para que fuera atendido en Estados Unidos y –obligados por un juicio de amparo– el IMSS aceptó. Esto incluía, además, el pago del alquiler de un departamento y de los viáticos mensuales en territorio estadounidense.

Esto cambió aún más la vida de la familia, cuyo padre ya había sido dado de baja de la policía de Mexicali por no estar en condiciones físicas, ni emocionales, para seguir laborando; mientras que la madre tuvo que renunciar a su trabajo en la automotriz para dedicarse plenamente a los cuidados del niño.

Ahora, viviendo en Estados Unidos, ninguno de los padres podría trabajar, pues su visa era de turista y deben regresar cada seis meses a México. A los daños se suma la hija menor de la familia que, debido al constante movimiento de residencia, no había podido acudir a la escuela de forma habitual.

Sin mencionar las consecuencias de las negligencias contra el menor: tras 34 operaciones y haber pasado por ocho departamentos médicos, no es apto para realizar trabajos físicos, su crecimiento se vio afectado quedando con una estatura, peso y talla baja, sin mencionar su desarrollo desproporcionado, pues la mandíbula inferior no guarda proporción con el resto de su cráneo, lo que lo ha llevado a estar en una situación de discapacidad.

Pese a lo ordenado por la CNDH, la CEAV hizo oídos sordos a la reparación del daño. De nueva cuenta la familia tuvo que poner un amparo en mayo del 2017 para obligar a la dependencia a hacerles caso, cuando vencieron y por fin se presentó el dictamen –hasta abril del 2023, seis años después– la comisión de víctimas descartó los daños del padre y de la hija menor, se enfocó únicamente en el hijo mayor y la madre.

La CEAV argumentó que cuando ocurrieron las negligencias la hija menor aún no nacía, por lo que no podía ser parte de la reparación del daño, omitiendo las afectaciones que ha sufrido en su vida cotidiana a causa del caso de su hermano; a la vez que rechazó que el padre haya sufrido algún daño psicológico, pese a las evidencias.

Justicia… 21 años después

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No fue hasta que el caso llegó a la Corte que hubo justicia (Imagen Ilustrativa Infobae)

Insatisfechos con la decisión, los padres comenzaron una batalla legal para que la CEAV hiciera la reparación del daño completo a tal grado que el caso llegó a la SCJN, donde les dieron la razón.

La Primera Sala de la SCJN ordenó que la CEAV emitiera una nueva determinación de reparación del daño en un plazo de veinte días hábiles considerando otorgando tanto a la madre, el padre, la hermana menor y la víctima directa, las medidas de restitución, rehabilitación, satisfacción, no repetición y compensación.

La justicia para la familia llegó el 15 de enero del 2025, es decir, 21 años, tres meses, y 12 días después de que comenzara el viacrucis.