
El gobierno de la Ciudad de México empezó con el programa Pensión Bienestar para Hombres de 60 a 64 años, este apoyo busca otorgar un pago de tres mil pesos bimestrales a estos adultos que aún no gozan de las Pensiones del Bienestar para Adultos Mayores.
Aunque este programa inició solo en la Ciudad de México, se prevé que en los próximos días también sea lanzado a otros estados, y así beneficiar a los adultos que aún no cumplen los 65 años de edad.
Por medio de la Gaceta Oficial de la CDMX, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la capital dio a conocer los requisitos para acceder a este programa, también compartieron los documentos y requisitos que deben cumplir los interesados en este apoyo.

Por esta razón pueden cancelar tu apoyo Pensión Bienestar para Hombres
Debido a que es un programa emergente en la CDMX, la Secretaría del Bienestar aclaró cuáles son los motivos por los que se puede dar de baja a una persona del programa. Lo principal que explicaron las autoridades es que los interesados deben cumplir con todos los requisitos para aplicar a esta ayuda económica.
Los requisitos generales para la Pensión de Hombres son:
- Ser residente de la CDMX
- Tener al momento de la inscripción al programa 63 años cumplidos y no más de 64 años y 10 meses.
- Cumplir con la documentación y registro en los tiempos señalados por la convocatoria
Si el interesado no cumple con estos requisitos básicos, podrá ser dado de baja del programa. Además, existe otro tipo de razones para que las autoridades capitalinas cancelen el apoyo. Según describió la Gaceta Oficial de la CDMX, si una persona cumple los 65 años estando inscrita en el proyecto, se le cancelará la ayuda, pues ya podrá acceder a la Pensión Universal de Adultos Mayores.

También será suspendida su solicitud si al momento del registro ya está recibiendo otro tipo de ayuda del gobierno. Estas son otras causales para suspender el apoyo:
- En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria.
- No cumplir con la documentación adecuada durante el proceso de inscripción.
- Cuando el domicilio registrado por la persona beneficiaria como lugar de residencia haya cambiado fuera de la CDMX.
- Cuando se verifique que la persona beneficiaria proporcionó documentos falsos y/o adulterados.
- Cuando la persona beneficiaria por voluntad propia rechace la ayuda económica.
Las autoridades enfatizaron que para fines del programa se determina dichas causas como baja la suspensión permanente del apoyo económico debido a la ocurrencia de alguna de las causales señaladas en las Reglas de Operación
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