
En un revés para el Ministerio de Capital Humano, el Juzgado Criminal y Correccional Federal N°6 decidió archivar por “inexistencia de delito” la denuncia presentada en junio por la entonces subsecretaria legal de esa cartera, Leila Gianni, quien había apuntado por supuesta administración fraudulenta contra la exministra de Desarrollo Social Victoria Tolosa Paz y otros funcionarios por la compra de un cargamento de yerba mate presuntamente “insalubre y peligroso para el consumo humano”.
Según había consignado la abogada Gianni en su presentación judicial del 3 de junio pasado, distintos funcionarios públicos del gobierno de Alberto Fernández permitieron la adquisición, vía licitación pública, de aproximadamente 12 mil toneladas de paquetes de yerba mate, de 1 kilo cada uno, por un monto de $18.224.700.000, “sin garantizar la seguridad y los controles sanitarios correspondientes”.
Su planteo se apoyó en una serie de auditorías de salud encomendadas por la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, donde se habría detectado que los productos correspondientes a las marcas “El Buen Ojo” y “Sierras del Iman” -ganadoras de la licitación en cuestión- “habrían sido adquiridos en mal estado, por fuera de los parámetros establecidos por las normas IRAM aplicables, dado que contenían parénquima emenplalizada, paranquima lagunoso, y cédulas anexas poliglinales característicos Ilexti paranguennreiensis, además de cristales de oxicilato de calcio, todo lo que sería insalubre y peligroso para el consumo humano”.

La entonces mano derecha legal de la ministra Pettovello destacó en su denuncia que en la compra impugnada intervinieron tanto la exministra Tolosa Paz como el ex jefe de Gabinete Agustín Rossi a través del dictado de actos administrativos vinculados al proceso de apertura de ofertas para la adquisición de la mercadería en cuestión. También hizo referencia a dos informes del Laboratorio Privado de Análisis de Agua y Alimentos que señalaron ciertos desajustes a los parámetros establecidos por la IRAM.
Además, Gianni señaló que la compra se habría llevado a cabo sin la intervención del Instituto Nacional de la Yerba Mate, un ente especializado para asesorar el Poder Ejecutivo nacional en esa materia. En su lugar, la calidad del producto habría sido certificada por la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) para “eludir los mínimos controles de salubridad” con el fin de “direccionar la licitación” en favor de determinados ofertantes como Compañía Comercial Mayorista SRL, Ignacio Kleñuk y Hugo Holowaty.
La causa, a su vez, quedó ligada a otro expediente tramitado ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 7, iniciado en febrero por una denuncia del dirigente Juan Grabois contra la ministra Pettovello “por no disponer la entrega de alimentos en comedores barriales y comunitarios de toda la República Argentina”, dentro de los cuales se encontraba la yerba mate involucrada en este proceso.

Así las cosas, la fiscalía federal solicitó medidas de prueba para dilucidar los hechos denunciados y el juez Daniel Rafecas, interinamente a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal 6, dispuso un peritaje sobre el material cuestionado, recabó documentación del accionar del gobierno anterior y analizó los diferentes informes técnicos recolectados en la causa.
“Por un lado -destacó el juez-, se cuenta en autos con los resultados de los estudios encomendados por el citado Ministerio al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), llevado a cabo sobre muestras remitidas por el mismo, y por otro lado con los resultados de aquellos realizados por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en la presente. Ambos, arrojaron que los productos correspondientes a las firmas ‘Sierras del Iman’ y ‘El Buen Ojo’, cuestionadas en la denuncia, son aptos para el consumo de conformidad con los parámetros establecidos por el Código de Alimentos, quedando así descartado el potencial peligro o daño a la salud que pudieran ocasionar en sus destinatarios”.
Poco después, el magistrado descartó las presuntas irregularidades vinculadas al trámite de la licitación pública -N°95-0058-LPU23-, impugnada por la intervención de la UNSAM para medir las condiciones de la mercadería, ya que “surge de tales actuaciones que esa casa de estudios tenía convenio con el Ministerio a cargo del trámite”.
“Con lo cual -expresó al resolver el caso-, despejadas las dudas acerca de la calidad de la yerba mate y su potencial daño a la salud y descartada la posible intervención espuria en el proceso licitatorio por parte de la casa de estudios que analizó dichos productos, no existen otros elementos que avalen la hipótesis de un posible direccionamiento de la licitación en favor de las empresas seleccionadas o permitan comprobar la comisión de alguna conducta delictiva o que resulte suceptible de reproche en este ámbito”.

Luego precisó: “Por el contrario, todo indica que los trámites administrativos relativos a la licitación se llevaron adelante dentro de los carriles de legalidad”. Y agregó: “no han surgido a lo largo de investigación elementos de prueba que den cuenta de un comportamiento por parte de los funcionarios intervinientes, tendiente a la obtención de un lucro o beneficio indebido (...), para sí o hacia alguno de los sujetos que intervinieron en las conductas denunciadas, como para tener por acreditado el tipo penal en cuestión -administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública-”.
Bajo esos parámetros, el juez dispuso el archivo de la causa “por inexistencia de delito”, ordenó notificar a las partes y librar oficios al Ministerio de Capital Humano y al Juzgado N°7 del fuero para tomar conocimiento de la resolución.
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