El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal rechazó la media sanción por parte de la Cámara de Diputados del proyecto que modifica la ley de prevención de dinero que incorpora a los abogados dentro de los sujetos que quedarían obligados a informar operaciones sospechosas de sus clientes ante la Unidad de Información Financiera. En ese marco la entidad le solicitó a la Cámara de Senadores que “modifique este aspecto del proyecto, para no conculcar garantías de todos los ciudadanos y evitar un enorme daño al ejercicio profesional de los matriculados y las matriculadas”.
El miércoles pasado, la Cámara de Diputados aprobó en el Congreso de la Nación el proyecto que modifica la ley de prevención y persecución contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo. En ese marco, la media sanción de la cámara baja, que deberá tratarse en el Senado, incorporó una serie actualizaciones de la normativa donde se agregó la modificación del espectro de sujetos obligados a informar a la UIF en caso de operaciones sospechosas, dentro de los cuales se agregó a los abogados respecto de actividades de sus clientes.
“Todas las tareas que realizan los abogados y abogadas están amparadas por el secreto profesional que integra la garantía de defensa en juicio de los derechos de todos los habitantes, por lo que el proyecto sancionado resulta inconstitucional”, dijo el presidente del Colegio Público de la Abogacía porteño, Ricardo Gil Lavedra al rechazar uno de los aspectos del proyecto en cuestión.
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De acuerdo a fuentes oficiales del gobierno nacional, el “Proyecto de reforma del Sistema PLA/CFT” viene a cuenta de la “necesidad de una puesta a punto del marco normativo que tome en cuenta la propia evolución del sistema antilavado y las modificaciones y actualizaciones en los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”. En contraposición a ello, el Consejo Directivo del Colegio de Abogados porteño aprobó el dictamen de su Comisión de Integridad Financiera y Compliance donde se sostiene que las recomendaciones del GAFI no requieren necesariamente la inclusión de los abogados como sujetos obligados, “toda vez que las notas interpretativas de las mismas recomendaciones permiten excluirlos cuando las actividades que interese controlar se encuentren ya incluídas en las leyes u otros medios coercitivos”.
Allí reside el punto crítico del conflicto, puesto que según informó la entidad que congrega a los abogados de la Capital Federal, “en nuestro país todas las actividades descriptas en la Recomendación del GAFI poseen numerosos controles y están ya supervisadas por diversos sujetos obligados (escribanos, registros de la propiedad inmueble, registros de comercio, etc)”.
Luego de la media sanción en Diputados resta darle intervención a la Cámara alta del Congreso para su aprobación final. En ese contexto, el Colegio Público hizo saber que “no cesará en su reclamo para que la Cámara de Senadores modifique este aspecto del proyecto, para no conculcar garantías de todos los ciudadanos y evitar un enorme daño al ejercicio profesional de los matriculados y matriculadas”.
Por otro lado, la sanción de este proyecto es clave para el oficialismo ya que el próximo año habrá una nueva revisión técnica del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), y la Argentina debe actualizar su normativa a las nuevas reglamentaciones dictadas por la entidad.
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