
Un hombre de 52 años fue condenado a 20 años de prisión por haber abusado sexualmente de su hija y de la hija de su pareja en Villa Gobernador Gálvez. Al momento de ser atacadas, las víctimas eran menores de edad. Fueron sometidas entre 2005 y 2021 en tres viviendas de la ciudad santafesina, donde convivían junto al condenado.
La sentencia fue impuesta en el marco de un juicio oral que finalizó este martes al mediodía en los tribunales de Santa Fe. Tras el debate, el tribunal integrado por los jueces Lisandro Aguirre, Cecilia Labanca y Pablo Ruiz Staiger, resolvió condenar a J.R.C. como autor de “abuso sexual con acceso carnal reiterado” y “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado”, en ambos casos, agravados por el carácter de guardador y por la situación de convivencia preexistente. Los delitos fueron concursados idealmente con “promoción de la corrupción de menores” y “amenazas coactivas agravadas”.
“Los tres magistrados coincidieron en condenar al acusado, y lo hicieron por unanimidad por las mismas calificaciones penales que le habíamos atribuido”, sostuvo el fiscal Marcelo Nessier, quien representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) en el debate, junto con el fiscal Alejandro Benítez.
Respecto al monto de la pena, Nessier explicó que hubo disidencias “porque uno de los magistrados entendía que debía ser mayor a 20 años de prisión”. Aunque en la etapa de los alegatos, la fiscalía había solicitado 25 años de prisión, el funcionario judicial aseguró que quedaron “muy conformes”. “Esto demuestra que el trabajo del Ministerio Público ha sido óptimo en cuanto a la finalidad de demostrar la culpabilidad del imputado y a la recolección de todas las evidencias de hechos cometidos no en flagrancia, sino de forma histórica en el tiempo”, valoró Nessier.
“Pudimos demostrar que, además de las agresiones sexuales, el condenado le mostraba a las víctimas videos pornográficos en los que estaban involucrados animales, y a una de ellas la obligó a realizar una práctica de este tipo con la mascota de un vecino”, indicó el fiscal y señaló que “una de las víctimas había declarado previamente mediante dispositivo de cámara Gesell, mientras que la otra ya era mayor al momento de realizar la denuncia”, por lo que acudió al debate.
“Teníamos un poco de miedo respecto a cómo se iba a desenvolver en el juicio, atento a que son delitos contra la integridad sexual, si iba a tener la entereza para afrontar las características de estos procesos que son siempre revictimizantes, aunque uno intente minimizar los impactos. No obstante ello, la declaración ha sido muy buena, y su participación ha sido indispensable para lograr la pena impuesta”, destacó Nessier.
El caso
La investigación se inició el 23 de febrero de 2021 a partir de la denuncia que radicó la madre de las dos víctimas. Días después, el hombre fue detenido e imputado. La Fiscalía solicitó su prisión preventiva, la cual fue impuesta en una audiencia realizada el 29 de marzo de 2021.
Los hechos ocurrieron en reiteradas oportunidades entre 2005 y 2021, en tres viviendas de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, en las que el condenado y las víctimas convivían. Primero sometió a su hijastra, hasta que en 2012 ella escapó del hogar familiar, y el hombre comenzó a abusar de una de sus hijas.
Si bien hoy las dos víctimas son mayores de edad, al momento de sufrir las agresiones ambas eran niñas que recién iniciaban su escolaridad primaria. En ese momento, J.C.R. aprovechaba los momentos en los que su pareja no estaba en la casa o mientras dormía, para abusar sexualmente de las niñas, mostrarles videos pornográficos en los que estaban involucrados animales y también someterlas a “prácticas sexuales perversas y prematuras con la mascota de un vecino”.
Para procurar su impunidad, las mantenía bajo amenazas. Les decía que asesinaría a su madre, y entonces quedarían exclusivamente bajo su exclusivo cuidado.
“Todas estas conductas delictivas se enmarcaron en un contexto de violencia de género, en el que el hombre impuso su superioridad física sobre las víctimas, menoscabando el normal desarrollo sexual de ellas, y constituyendo reiteraciones de comportamientos perversos, humillantes y degradantes a los que venía sometiendo a su propia hija y a la hija de su pareja”, concluyó el fiscal.
Y cerró: “Aguardaremos los fundamentos del tribunal para estudiar los motivos por los cuales resolvieron de esta forma, para analizar la disidencia en relación al monto de la pena y para evaluar los pasos procesales a seguir”.
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