
Crecen las cifras en la región y en el mundo de bolsones poblacionales que no reciben la totalidad o ninguna de las vacunas garantizadas - los llamados infravacunados- en sus territorios, para proteger su salud y evitar la reemergencia de enfermedades mortales, que ya estaban controladas como Sarampión, Polio, Tos convulsa o Coqueluche entre las principales.
Los infravacunados -la mayoría sin saberlo, ni quererlo- rompen y atentan contra un principio fundamental de la salud pública: la pérdida de la inmunidad colectiva.
Para argumentar el mayor descenso sostenido en la cobertura de vacunación infantil y adolescente de todos los tiempos, el alerta de las sociedades científicas de la región y el globo son fundamentales.
Con las paradojas del caso a cuestas: el mundo superó una pandemia global por efecto de la vacunación, y es alta la concientización general acerca de que las vacunas son el descubrimiento terapéutico junto al agua potable que salvaron más vidas en el último siglo, sin embargo el activo conceptual vacuna hoy está en crisis.

Las razones son multifactoriales: acceso, falta de confianza y desinformación, entre la trilogía más importante.
Pero el impacto más crítico de no vacunarse -con el aval que provee el consenso científico sobre la evidencia en eficacia y seguridad frente a las enfermedades de las vacunas- es la fragilidad inmunológica a la quedan expuestas las sociedades actuales y futuras por la reemergencia de males contagiosos, mortales e inmunoprevenibles que ya estaban controlados. Y reemergen.
¿Qué puede hacer el Derecho local, regional y global al respecto? ¿Por qué para los sistemas de Justicia de los países -cada uno con sus usos, costumbres e idiosincrasias- y lejos de la coerción; existe una oportunidad desde la Ley para agregar masa crítica al debate y colaborar a cambiar las cifras?

Maridaje virtuoso y necesario: salud y derecho
Estas preguntas y otras fueron el núcleo del debate en la Jornada interdisciplinaria, “El derecho a la inmunización: desafíos sanitarios legales y comunicacionales en América Latina”, realizada en Buenos Aires el pasado martes 18 de noviembre, organizada por la Sociedad Latinoamericana de Vacunología (SLV) y el Observatorio de Derecho y Salud, de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Allí un grupo de juristas, infectólogos, médicos y comunicadores debatieron acerca de los marcos normativos en inmunización en América Latina y el Caribe, el panorama comparado de leyes de vacunación. La interrelación entre salud, y sistema de justicia para abordar el descenso sostenido en la cobertura de vacunación infantil y adolescente en la región. Una jornada liderada por el compromiso e idoneidad científica del médico infectólogo argentino, Roberto Debbag, miembro de SLV y presidente de la Sociedad Latinoamericana de Infectología Pediátrica (SLIPE).
Hay una norma robusta sobre vacunación en la Argentina, que regula la inmunización en Argentina -la Ley 27.491, promulgada en 2018- que establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, para todas las personas y para todo el país.
Esta Ley declara a la vacunación como un bien social, promueve el acceso equitativo a las vacunas y establece responsabilidades para el cumplimiento de la inmunización, incluyendo la obligación para los padres de vacunar a sus hijos.

“Cuando una norma robusta en este caso en vacunas como la que ofrece la Argentina entra en crisis de cara a la sociedad -y no es un tema excluyente de la Argentina, sino del mundo entero- hay que bajar al territorio y ver que pasa allí. Este es el gran desafío hoy, porque la norma es sólida y tiene buen espíritu, pero no se aplica”, aportó el doctor Diego Mendy, profesor adjunto en Filosofía del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario (UNR)
El marco regulatorio en vacunas, lejos de la coerción
Para la doctora Marisa Aizemberg, directora académica del Observatorio de Salud, Facultad de Derecho (UBA), consultora docente e investigadora en temas vinculados al Derecho y la Salud, “para referirnos al derecho a la inmunización existen aún desafíos sanitarios, legales y comunicacionales en América Latina”.
Sostienen Aizemberg: “Es importante establecer los escenarios y los territorios en el que se inscriben estos conceptos y ver como dinamizarlos de manera transdisciplinar para lograr más eficacia en la mejora de las tasas de vacunación en donde se superponen distintos derechos: la embarazada, el del bebé recién nacido (RN), el de los niños, y otros”.

¿Por qué es importante establecer requisitos para que los niños se vacunen , lejos de la coerción de la obligatoriedad? “Para ponderar la idea potente que tienen a su alcance las sociedades actuales de prevenir enfermedades mortales a través de la vacunación, y alentar el concepto de inmunidad colectiva”, precisó la doctora Aizemberg.
Si se alcanza una tasa de vacunación del 95% el virus no persiste
Consultado por Infobae, sobre el estado actual de las inmunizaciones en América Latina, el doctor José Brea, presidente de la Sociedad Latinoamericana de Vacunología (SLV) aportó cifras actuales y contundentes: en 2024, los niños no vacunados a nivel mundial sumaron 14,3 millones; son los no recibieron ninguna vacuna. En las Américas, aproximadamente 1,2 millones de niños menores de un año siguen desprotegidos”, explicó Brea.
Todo se torna más aciago, cuando este mes de noviembre 2025, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) instó a los países de las Américas a actuar tras su pérdida del estatus de región libre de sarampión.
Cifras indispensables
La Comisión de la OPS determinó que la transmisión endémica del sarampión se ha restablecido en Canadá, donde el virus ha circulado durante al menos 12 meses consecutivos. Como resultado, las Américas, que fue la primera región del mundo en eliminar el sarampión en dos ocasiones, ha perdido nuevamente su estatus de libre de sarampión.

Según el experto y presidente de la SLV, José Brea, “las enfermedades con potencial de brote en la actualidad son Sarampión, Difteria, Fiebre amarilla, Rubéola Tos ferina (tos convulsa, Pertussis), Influenza, Polio, Varicela, Meningococo y Dengue. Casi que en ese orden, la lista lamentablemente es larga.
Refuerza el infectólogo Roberto Debbag sobre el Sarampión, “el sarampión es altamente contagioso y una sola persona infectada puede transmitirlo hasta a 18 personas más. Puede además causar complicaciones graves como neumonía, encefalitis, ceguera y la muerte. Los brotes también alteran la vida cotidiana y generan una presión adicional sobre los sistemas de salud”.
Valor de las inmunizaciones
Puntualizó Debbag a Infobae: “En los últimos 25 años, la vacuna contra el sarampión ha evitado más de 6 millones de muertes en las Américas, y se estima que ha prevenido alrededor de 15 millones de muertes en los últimos 50 años”.
“No obstante, en 2024 la cobertura regional de la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión, la rubéola y las paperas (SRP 2) fue, en promedio, del 79% -muy por debajo del 95% necesario para prevenir brotes”, remató el doctor Brea.

Solo el 31% de los países alcanzó una cobertura de 95% o más para la primera dosis, y únicamente el 20% logró ese nivel para la segunda dosis.
La ausencia del riesgo
La Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) fue contundente frente al tema: señalaron un escenario de fragilidad inmunológica colectiva. Y en su comunicado a la sociedad precisaron que las cifras actuales no solo comprometen la inmunidad individual, sino que ponen en riesgo la salud pública en su conjunto. Lo peor es que este cuadro favorece la reemergencia de enfermedades eliminadas como Hepatitis A, Polio, Tos convulsa y Sarampión, entre otras.
La prácticamente desaparición de enfermedades con resultados trágicos como la poliomielitis, la difteria y otras, ha hecho que una mayoría de la población nunca haya sufrido, convivido o tenido referencias directas de algún caso de estos males.
Esto ha conducido a la equivocada percepción de muchas personas y de nuevas generaciones de ausencia de riesgo y de la necesidad de continuar vacunando. Siguen los datos del doctor Brea que atesora la Sociedad Latinoamericana de Vacunología (SLV): “Entre los niños nacidos entre 1994 y 2023, las vacunaciones infantiles de rutina habrán prevenido aproximadamente 508 millones de casos de enfermedad; 32 millones de hospitalizaciones y 1.129.000 muertes.

Esto se traducirá en un ahorro directo de 540 mil millones de dólares y un ahorro social de 2,7 mil millones de dólares entre los diferentes eslabones del sistema de salud”.
Con mirada de futuro y frente al panorama actual de la baja en las tasas de vacunación, la doctora Aizemberg precisó: “ Las vacunas se inscriben en una Política pública de inmunización y contemplan dos derechos fundamentales: el Derecho a la Salud y los Derechos Humanos. Hay que decirlo, para la sociedad y la mirada jurídica del fenómeno existe una tensión, entre la autonomía de las personas y la salud pública”.
Vacunas en el recién nacido, un derecho indisponible
Aizemberg y el médico infectólogo Debbag se refirieron específicamente al Recién Nacido (RN), donde el derecho a la inmunización -a esa protección vital de su salud - es un derecho indisponible. Porque no puede renunciarse; no puede cederse, no puede condicionarse. No puede ser objeto de acuerdos ni puede quedar librado a la voluntad de terceros. El criterio jurisprudencial debe comprender que es un deber jurídico”.
“La inmunización materna y la del RN como derechos abarca las ideas de principios de beneficencia y no maleficencia, la equidad y acceso universal, la interpretación ampliada de los derechos fundamentales, el derecho del RN a la protección de su salud mediante inmunización materna, y el principio del interés superior del niño (hipervulnerabilidad)”, sostuvo Debbag.

¿Por qué vacunar a las embarazadas?, disparó el médico infectólogo al auditorio, y explicó: “La madre tiene un alto riesgo de exposición a la enfermedad con mortalidad asociada.
“Toda infección representa un riesgo especial para la madre, el feto / bebé o RN con morbi mortalidades asociadas. Existen vacunas que los protegen, son seguras y reducen la morbimortalidad materna e infantil. En ese dueto irreemplazable entre madre-hijo hay 4 vacunas imprescindibles: Difteria – Tétamos – Pertussis; Influenza y COVID 19 para ambos, la embarazada y el RN; y la de VRS (Virus sincicial Respiratorio) solo para el RN”, reforzó Debbag.
Aizemberg propone reconocer explícitamente la indisponibilidad del derecho del RN a la vacunación: “Hay que hacer un capítulo específico sobre inmunización materna y neonatal en las leyes de vacunación. Fortalecer los mecanismos de respuesta judicial. Identificar brechas normativas y actualizarlas, incorporando hallazgos en inmunización materna para traducirlos en propuestas regulatorias . Y pensar una estrategia jurídica contra la desinformación”.
El sueño científico que con mucha emoción dejó el presidende de SLV doctor José Brea, para el cierre de la Jornada transdisciplinar en la imponente Facultad de Derecho de la UBA merece ser recordado: “Sueño con que en nuestra región, exista un tribunal local o internacional para defender a la población no vacunada, con capacidad de ordenar más vacunas y más acceso sobre todas las vacunas a lo largo de la vida”.
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