
Poco más de dos semanas después de que el Congreso la haya aprobado, el Gobierno promulgó este martes la modificación a la Ley de Educación que reglamenta la enseñanza a distancia, método que ya se está aplicando en el país como consecuencia de la pandemia del coronavirus.
Se trata del proyecto que fue debatido a fines de mayo en la Cámara de Diputados y luego sancionado por el Senado el 11 de junio pasado, y que ahora se hace efectivo a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Esta nueva normativa establece ciertos cambios en el artículo 109 de la ley 26.206, para incluir “los estudios a distancia como alternativa para jóvenes y adultos”, aunque este sistema podrá aplicarse en alumnos “a partir de los dieciocho años de edad”.
No obstante, “para la modalidad rural y conforme a las decisiones jurisdiccionales”, se permitirá la utilización de esta herramienta “a partir del Ciclo Orientado del Nivel Secundario”.
De la misma manera, de forma excepcional y “previa declaración fundada del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, o con la jurisdicción según corresponda”, también podrá usarse este medio de enseñanza “cuando la escolaridad presencial - total o parcial - sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos”.
“Sólo en esos casos será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años de edad”, detalla el nuevo texto.

Ante esta situación, la ley especifica que “deberán adoptarse disposiciones para la reorganización: pedagógica - de acuerdo a los Núcleos de Aprendizaje Prioritarios- e institucional, del régimen académico y de la capacitación docente”.
Además, en estos casos será obligatorio que se provean “recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad” y se garantizarán “las condiciones de salud y seguridad” para los docentes que se acuerden en las negociaciones colectivas de trabajo.
Desde que el Gobierno declaró la emergencia sanitaria como consecuencia del coronavirus, se fueron tomando diferentes medidas para evitar la propagación de la enfermedad, entre las cuales estuvo cerrar los colegios y cualquier otro establecimiento educativo para que no se generen aglomeraciones.
Por esta razón, la mayoría de las universidades continuaron las clases a través de medios digitales de comunicación, mientras que algunas escuelas de nivel primario y secundario tratan de seguir, de alguna manera, con el ciclo lectivo.
Incluso el propio presidente Alberto Fernández interrumpió en una ocasión su agenda para, desde la Quinta de Olivos, dictar una clase de Teoría del Delito y Sistemas de la Pena, cátedra que da en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

En este contexto, el oficialismo presentó un proyecto para reglamentar esta práctica, el cual fue debatido en primer término en la Cámara de Diputados, donde la iniciativa fue aprobada con 248 votos a favor, 2 en contra y 1 abstención. durante una sesión que se llevó adelante, justamente, de forma remota.
Luego, el texto pasó al Senado que sancionó estas modificaciones junto con la nueva ley de alquileres, aunque en esta oportunidad se hizo en medio de una tensa discusión en el recinto y con algunas críticas por parte de la oposición hacia las intenciones del Poder Ejecutivo de expropiar Vicentin, algo que el presidente Alberto Fernández había anunciado poco antes.
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