El ambiente de la sala judicial se mantuvo en silencio mientras se iniciaba la lectura del expediente del caso. Pedro Castillo permaneció quieto, con las manos en el regazo y la mirada fija en el estrado. Su reacción se limitó a seguir cada palabra sin interrupciones, mientras la magistrada avanzaba en la exposición de los fundamentos que sostienen la decisión del tribunal. La sesión se desarrolló con la atención centrada en el tramo final de un proceso que llevó meses.
El momento clave ocurrió cuando la jueza Norma Carbajal pronunció la frase “que esa dicha es legal y proporcional y debe imponerse”. El exmandatario respondió con una sonrisa breve, difusa y un levantamiento de cejas, apoyando una mano en el rostro antes de volver a observar el desarrollo de la audiencia. Mantuvo la misma postura mientras se comenzaba la lectura de las decisiones que involucraban a los otros procesados.
Minutos después, la Sala Penal Especial comunicó la posición adoptada por mayoría respecto al principal cargo impulsado por la fiscalía. El colegiado indicó que se desvincula de la acusación por rebelión y que los hechos se ajustan a una “conspiración para la rebelión”. Durante la lectura del dictamen, el tribunal también aclaró la condición del acusado al momento de los hechos, en referencia a su rol como primer funcionario del país.
El colegiado destacó que el exmandatario no registra antecedentes penales y, pese a ello, consideró la agravante vinculada a su investidura. Con base en estos elementos, informó que se impondrá la pena solicitada por el Ministerio Público: 11 años, 5 meses y 15 días de cárcel. La decisión marcó uno de los puntos más extensos de la audiencia, pues la sala detalló los argumentos utilizados para fijar la condena.
Absoluciones y precisiones de la Sala Penal Especial

La Sala Penal resolvió absolverlo del delito de abuso de autoridad, tras explicar que la conducta atribuida se encuentra contenida en la imputación por conspiración. El tribunal también lo absolvió del cargo de grave perturbación a la tranquilidad pública, al concluir que los hechos no encajan en esa figura penal.
La lectura final reiteró que la calificación adoptada por mayoría descarta el delito de rebelión y establece como marco penal la conspiración para la rebelión. Con ello, la Sala cerró la audiencia después de especificar los alcances de la sentencia y las decisiones adoptadas respecto a cada imputación.
Cronología del caso de Pedro Castillo

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El expresidente Pedro Castillo enfrenta un proceso judicial por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación del orden público, tras el fallido intento de golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema concluyó el juicio oral el 21 de noviembre de 2025 y anunció que la sentencia será dada a conocer este 27 de noviembre.
El 15 de diciembre de 2022, el Poder Judicial ordenó 18 meses de prisión preventiva para Castillo, quien permanece recluido desde entonces en el penal Barbadillo de la Diroes, en Ate. En el mismo proceso, el 20 de junio de 2023, la Corte Suprema dispuso la captura de Betssy Chávez, expresidenta del Consejo de Ministros, por los presuntos delitos de rebelión y conspiración.
El Tribunal Constitucional declaró improcedente, el 1 de abril de 2024, el hábeas corpus presentado por Castillo y ratificó que la disolución del Congreso constituyó un hecho delictivo flagrante. Luego, el 12 de enero de 2024, la Segunda Fiscalía Suprema Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos presentó acusación formal y solicitó 34 años de prisión para el exmandatario. En esa acusación también fueron incluidos Betssy Chávez, Willy Huerta, Roberto Sánchez, Manuel Elías, Justo Venero y Eder Infanzón, por presunta rebelión y otros delitos.
El 6 de noviembre de 2025, la Fiscalía ratificó su pedido de 34 años de prisión para Pedro Castillo: 25 años por rebelión, 3 por abuso de autoridad y 6 por perturbación del orden público. En caso de que la sala opte por tipificar el delito como conspiración, la solicitud es de 19 años y 30 días de prisión. Para Betssy Chávez, Aníbal Torres, Willy Huerta, Manuel Lozada y Justo Venero se han solicitado 25 años de cárcel, mientras que para Eder Infanzón se pide una pena de 15 años.
El juicio oral comenzó el 4 de marzo de 2025, con audiencias programadas tres veces por semana. El 14 de septiembre de 2025, la sala anunció que evaluaría incorporar el delito de conspiración para rebelión en el proceso, sin reemplazar la acusación fiscal original.
El 30 de enero de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema excluyó a Roberto Sánchez del proceso al declarar fundado su recurso de excepción de improcedencia de acción. El 25 de agosto de 2025, el Tribunal Constitucional ordenó la liberación de Betssy Chávez por vulneración del debido proceso.
El 3 de noviembre de 2025, Chávez solicitó asilo político en la Embajada de México en Lima, pedido que fue aceptado por el gobierno mexicano. En respuesta, la Cancillería peruana anunció que solicitará a la OEA modificar la Convención sobre Asilo Político para evitar su uso indebido.
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