
La Superintendencia Nacional de Migraciones anunció la adopción de la versión 03 del Protocolo de Verificación y Fiscalización Migratoria a Establecimientos de Hospedaje y Arrendamiento de Inmuebles a Extranjeros, bajo el código S08.DGTFM.PTL.001, aplicable a todo el territorio nacional. Este cambio normativo se formalizó mediante la Resolución de Superintendencia N° 000120-2025-MIGRACIONES y dejó sin vigencia la edición previa del año 2024.
El nuevo protocolo se orienta a robustecer los procesos de control e investigación en los lugares donde residen ciudadanos extranjeros, a la vez que procura agilizar la elaboración de órdenes de operativo y perfeccionar el seguimiento de las intervenciones realizadas.
Estas actualizaciones tienen como punto de partida informes técnicos elaborados por la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria y la Dirección de Operaciones, que recomendaron una revisión de las pautas estipuladas en el numeral 8.1.1 del documento anterior.
El propósito central de los cambios es garantizar mayor equidad en la ejecución de los dispositivos de control, fijando criterios uniformes para las actuaciones a cargo del personal migratorio. Del mismo modo, se alinearon los procedimientos a los objetivos y lineamientos fijados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI).

En el marco del proceso de actualización, participaron también la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, validando la conformidad de todos los procedimientos con los estándares internos de la institución para la correcta gestión de documentos.
Al poner en marcha el protocolo renovado, Migraciones refuerza su compromiso de ejercer un control más eficiente y transparente sobre los ciudadanos extranjeros alojados en hoteles, hospedajes y viviendas alquiladas en el país.
Esta herramienta administrativa permite asegurar que la supervisión y fiscalización se lleven a cabo bajo parámetros normalizados y con una trazabilidad que facilite posteriores auditorías o revisiones.

La entidad sustenta su accionar en las atribuciones otorgadas por el Decreto Legislativo N° 1130, que la reconoce como un organismo técnico adscrito al Ministerio del Interior y le permite regular las condiciones de ingreso y permanencia de extranjeros en el país.
El nuevo protocolo, en suma, representa un avance en la modernización de los procesos de verificación migratoria, apoyando tanto la gestión institucional como la seguridad en las actividades vinculadas a la presencia de personas de otras nacionalidades.
Formalización de extranjeros
La Superintendencia Nacional de Migraciones comunicó que, desde el lunes 15 de septiembre, se encuentra habilitado un proceso de regularización destinado a extranjeros con condición migratoria irregular, debido al vencimiento de su permiso de permanencia o residencia.
Carlos Sernaqué, representante de la institución, señaló que la disposición “alcanza a todos los extranjeros de cualquier nacionalidad que en algún momento han caído en situación migratoria irregular, es decir, que están en el país sin un documento o una residencia vigente”.
Según estimaciones oficiales, cerca de 480 mil personas podrán acceder a este programa. El objetivo es que quienes cumplan los requisitos consigan un documento vigente que les permita ejercer derechos y responder a obligaciones legales en Perú.

Entre los requisitos establecidos, los solicitantes deben no tener antecedentes penales, judiciales o policiales, tanto en territorio peruano como a nivel internacional.
Si alguno de estos antecedentes es detectado, “no son pasibles de aplicar a ningún tipo de formalización, todo lo contrario, corresponde la sanción respectiva”, advirtió el funcionario.
La gestión de los trámites se realizará principalmente a través de la Agencia Digital de Migraciones, para evitar desplazamientos innecesarios y acelerar los procedimientos administrativos.
El programa comprende diversas vías:
- Cambio de calidad migratoria para quienes poseen Permiso Temporal de Permanencia (PTP o CPP) vencido.
- Prórroga de residencia dirigida a quienes cuentan con un Carné de Extranjería caducado.
- Regularización para niños, niñas y adolescentes en situación migratoria irregular.
Para cada modalidad se solicita presentar documentos que acrediten la identidad y la situación migratoria, como la copia del carné vencido, declaración jurada que certifique no tener antecedentes penales y documento de identidad válido del país de origen. En el caso de menores de edad, es necesario entregar la partida de nacimiento y documentación correspondiente a sus padres o tutores legales.
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