
El pasado viernes 27 de diciembre, la presidenta Dina Boluarte dio finalmente el anuncio del aumento del sueldo mínimo, uno que venía previendo de hacer en su gobierno en su primer Mensaje a la Nación por Fiestas Patrias, el 28 de julio de 2023 (y que reafirmó más claramente en el siguiente, este año).
Ya con el decreto firmado, la mañana del sábado 28 de diciembre, este ha salido promulgado en el diario oficial El Peruano, y además de aprobar lo que anunció la Presidenta junto al ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate, señala también la razón de esta alza y los criterios que se tomó en cuenta.
Derecho a una remuneración equitativa y suficiente
Según el decreto supremo N° 006-2024-TR, que aprueba el aumento de la remuneración mínima vital, “el artículo 24 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual; y que corresponde al Estado la regulación de la remuneración mínima, con participación de las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores”.
Como se sabe, el sueldo mínimo en Perú, inclusive con el nuevo aumento aprobado, no alcanza a una familia para costear una canasta básica familiar, cuyo valor está en S/1.784, según los datos más actualizados del DNI. Asimismo, para el grupo de trabajadores que aportan a la ONP, el monto neto que tendrán ahora sigue bajo la línea de pobreza.
Por eso, tras el intento fallido del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) de consensuar el nuevo monto entre representantes de los trabajadores y el empresariado, esto quedó en manos de la presidenta Dina Boluarte, la cual tomó en cuenta el monto propuesto por el MTPE en el Consejo Nacional de Trabajo, que fue de S/105 (como revelaron en su momento representantes de trabajadores a Infobae Perú). La norma aprobada señala que es “competencia exclusiva de este ministerio el fijar y aplicar los lineamientos de la política de remuneraciones mínimas”.

¿Por qué se aumentó ese monto?
El Gobierno justifica el aumento en el derecho a una remuneración equitativa y suficiente; sin embargo, aún el nuevo sueldo mínimo estará bajo la línea de la pobreza para miles de trabajadores peruanos (los que aportan a la ONP). Así, el Gobierno señala que el monto de S/105 de aumento de la RMV responde a lineamientos técnicos. Como se recuerda, representantes de empresas, que señalaban estar en contra de que hubiera un aumento, han señalado que se ha dado sin seguir criterios técnicos realmente, pero el Gobierno acota que sí fue así y que estos fueron consensuados en las sesiones entre empresa y trabajadores.
De igual manera, para aprobar este monto se resolvió “declarar la improcedencia del AIR Ex Ante del proyecto normativo, dado que sus disposiciones responden a la competencia exclusiva del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para fijar y aplicar los lineamientos para la política de remuneraciones mínimas. (...) En la medida que tampoco se regula procedimiento administrativo bajo el alcance del Análisis de Calidad Regulatoria (ACR), no se requiere realizar un ACR Ex Ante previo a su aprobación”. Un Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante es una herramienta que sistematiza el proceso de evaluación de problemas públicos y ayuda a estructurar la reflexión con el propósito de realizar diversos análisis que permitan la toma de decisiones con base en evidencia.

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