Impacto del RIGI en el proyecto Vicuña

Inversiones sin negociar el medio ambiente

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Vicuña integra los yacimientos Josemaría y Filo del Sol y podría superar los 15.000 millones de dólares de inversión. REUTERS/Agustin Marcarian
Vicuña integra los yacimientos Josemaría y Filo del Sol y podría superar los 15.000 millones de dólares de inversión. REUTERS/Agustin Marcarian

La implementación del RIGI en Argentina busca atraer capitales mediante beneficios fiscales, pero ¿qué garantías se establecen para el cuidado ambiental ante este modelo de incentivos?

Frente a la creciente demanda mundial de cobre y minerales críticos, el país se posiciona ante una oportunidad histórica. El reciente proyecto Vicuña, desarrollado por BHP y Lundin Mining en San Juan, refleja este escenario de consolidación.

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Vicuña es el primer proyecto minero de cobre en ser incorporado al RIGI como Proyecto Estratégico de Exportación a Largo Plazo (PEELP), la categoría más beneficiosa del régimen. Integrado por los yacimientos Josemaría y Filo del Sol, podría implicar inversiones superiores a los 15.000 millones de dólares y una producción anual cercana a las 395.000 toneladas de concentrado de cobre, posicionando al país como un actor fundamental en el mercado regional.

Una de las principales preocupaciones señaladas en torno a los grandes proyectos mineros en Argentina se vincula con los permisos ambientales, la disponibilidad de agua y la licencia social. La minería de cobre no es una actividad neutra: consume enormes volúmenes de agua, altera ecosistemas y genera pasivos ambientales que persisten décadas después del cierre de un yacimiento. Sin embargo, estos desafíos no reflejan ausencia de regulación, sino la existencia de un marco normativo que ordena la actividad.

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La Constitución Nacional equilibra esta tensión: el artículo 75 inciso 18 encomienda promover el desarrollo económico, mientras que el artículo 41 reconoce el derecho a un ambiente sano y el deber de preservarlo. Asimismo, el artículo 124 dispone que las provincias son titulares originarias de sus recursos naturales.

Esta base constitucional se integra con la Ley General del Ambiente, el Código de Minería y normativas provinciales. En San Juan, la Ley Nº 504-L prevé rigurosos procedimientos de evaluación de impacto ambiental, audiencias públicas, intervención técnica y la potestad de de rechazar proyectos, y demás cuestiones.

Una inversión proyectada para operar durante varias décadas necesita algo más que estabilidad tributaria: requiere acceso al agua, aceptación de las comunidades, evaluaciones ambientales serias y reglas claras. Y eso, en definitiva, también es seguridad jurídica.

Un desafío pendiente: la cooperación ambiental con Chile

Ahora bien, que exista un marco normativo sólido no significa que no haya aspectos susceptibles de perfeccionamiento. El Tratado de Integración y Complementación Minera entre Argentina y Chile, firmado en 1997 y aprobado mediante la Ley Nº 25.243, constituye una herramienta fundamental para el desarrollo de proyectos binacionales.

En particular, el artículo 12 del Tratado establece que cada Estado aplicará su propia legislación ambiental en su jurisdicción. Sin embargo, ante la magnitud actual de los proyectos y la relevancia del cobre, resulta conveniente avanzar hacia la incorporación de estándares ambientales mínimos comunes.

Esta cuestión no está desarrollada en el tratado. Si bien es fundamental respetar la soberanía regulatoria de cada país, eso no impide promover mecanismos de coordinación para armonizar criterios básicos. Un piso mínimo común no implicaría uniformar leyes ni restringir inversiones, sino fortalecer la cooperación bilateral y brindar mayor previsibilidad frente a impactos que, por su naturaleza, trascienden las fronteras nacionales.

Esta observación excede el caso de Vicuña y podría servir como antecedente para futuras negociaciones internacionales sobre recursos estratégicos. El futuro de la actividad está ligado a una mayor cooperación binacional, donde la gestión ambiental se consolide como pilar de la seguridad jurídica y de la legitimidad de largo plazo.