
Este 7 de octubre de 2025, el Congreso de la Ciudad de México ha dado luz verde a un dictamen que busca modificar la Ley Federal del Trabajo para reducir la jornada nocturna laboral a seis horas, excluyendo a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia de dicha asignación, salvo consentimiento expreso.
Con 56 votos, esta iniciativa impulsada principalmente bajo el argumento de salvaguardar la salud física y mental de los trabajadores, será llevada ante el Congreso de la Unión para su discusión a nivel federal.
El diputado Juan Estuardo Rubio Gualito, representante del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y presidente de la Comisión de Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social, expresó en tribuna que la reforma pretende responder a las múltiples consecuencias negativas que se asocian al trabajo nocturno.
Entre los principales efectos adversos de estos turnos, Rubio Gualito enumeró las alteraciones del sueño, fatiga crónica, estrés, trastornos digestivos y cardiovasculares, así como impactos en la vida social y familiar.
Al defender la medida, el legislador subrayó la importancia de una regulación estricta. Según sus declaraciones ante el congreso local, “la jornada nocturna seguirá existiendo, sabemos que es necesaria en sectores estratégicos, pero debe estar regulada con medidas que reconozcan el alto costo físico y emocional. Descansar no es un privilegio, es un derecho”.
La propuesta de reforma plantea específicamente que el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo sea modificado para establecer que la jornada de trabajo nocturna no podrá exceder las seis horas continuas. Además, modificaciones al artículo 63 disponen que durante cualquiera de estas jornadas continuas se debe garantizar un descanso mínimo de media hora, que, según el texto aprobado, tendrá lugar en “espacios adecuados, tranquilos y seguros”, lo que resulta esencial para mitigar la fatiga laboral.
En cuanto a la protección de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, se suma un nuevo párrafo a la fracción I del artículo 170. Este añadido prohíbe la asignación de turnos nocturnos a trabajadoras en dichas condiciones, excepto cuando den su consentimiento libre e informado, sin importar el tiempo de gestación o puerperio. Cuando ya estén cubriendo ese horario, la empleada tendrá la posibilidad de elegir un cambio de turno o de espacio de trabajo sin afectación salarial.
Rubio Gualito puntualizó que estas modificaciones forman parte del proceso de “transformación profunda del mundo del trabajo en México, a favor de las y los trabajadores”.
Al enfocarse en la regulación de los turnos más exigentes, la propuesta espera contribuir a mejorar la calidad de vida y el bienestar integral de los trabajadores mexicanos involucrados en actividades nocturnas.
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