En un polémico caso judicial, un secuestrador confeso comenzó una larga batalla en los tribunales y juzgados del país para que le redujeran la condena.
Primero, el criminal consiguió una importante reducción a su pena, pero le pareció insuficiente por lo que buscó que se anulara el delito por el que fue sentenciado.
La insistencia del secuestrador provocó que el caso llegara hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El caso se resolvió el 7 de febrero de 2024, sin embargo, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación apenas este 11 de abril. Esta es la historia.
Un caso de secuestro exprés

Eran las 16:40 horas del 4 de noviembre de 2020. La víctima bajaba de su vehículo en las congestionadas calles de la Ciudad de México cuando dos sujetos lo amagaron.
Armados con objetos punzocortantes, aquellos extraños le ordenaron que regresara de nuevo al automóvil, pero en la parte trasera.
Ambos criminales también abordaron el vehículo y emprendieron marcha.
Durante el traslado, mientras uno de los delincuentes manejaba el auto, el otro mantenía inmóvil a la víctima a la vez que le quitaba sus pertenencias.
Después de viajar por un lapso de diez a quince minutos, los sujetos arrojaron a la víctima de su vehículo y huyeron con todo y el automotor.
En ese momento, la víctima caminó hasta encontrarse con una persona que le ayudó y le prestó su teléfono para llamar a los servicios de emergencia.
Al poco tiempo llegaron elementos de la policía a atender lo sucedido, la víctima se subió a su patrulla y comenzaron a buscar su vehículo y a los delincuentes que se lo llevaron.
Durante su patrullaje encontraron al automóvil aún con los criminales abordo. Al percatarse de la presencia policial, los tripulantes intentaron darse a la fuga pero fueron perseguidos por los uniformados, quienes solo lograron detener a uno de ellos.
El detenido fue identificado por la víctima y puesto a disposición de la autoridad ministerial correspondiente.
En poco más de un mes, el detenido fue declarado culpable por el Juzgado Octavo del Tribunal de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio por el delito de privación ilegal de la libertad en su modalidad de secuestro exprés agravado para cometer robo.
Por este crimen, el ahora secuestrador sentenciado recibió una pena de 70 años de prisión. Sin embargo, interpuso un recurso de apelación y la Cuarta Sala Penal le redujo la condena a 50 años de cárcel.
¿Secuestro o robo?

Aún inconforme con esa sentencia, el criminal presentó una demanda de amparo directo en la que aseguró que no estaba acreditado el delito de secuestro exprés, ya que la intención era robar el vehículo y las pertenencias de la víctima, pero no privarlo de la libertad.
Para demostrar su punto, el secuestrador minimizó el tiempo en el que la víctima permaneció privada de la libertad dentro de su propio vehículo diciendo que solo fueron de 10 a 15 minutos.
También cuestionó cómo fue que la víctima lo reconoció si durante todo el tiempo estuvo en la parte trasera del vehículo con la cabeza agachada y cerca de la puerta.
Además, acusó a los policías que formaron parte de su detención de dar declaraciones contradictorias y a los peritos de la fiscalía de presentar pruebas insuficientes.
Incluso calificó de inconstitucional la pena establecida para el delito de privación de la libertad en su modalidad de secuestro exprés agravado para cometer el delito de robo porque vulnera el principio de proporcionalidad.
Sin embargo, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito le negó el amparo al secuestrador.
Para el tribunal se comprobó que la intención de los criminales no sólo era robar el vehículo y las pertenencias de la víctima, sino también mantenerla privada de la libertad.
Rechazó que los policías hayan incurrido en contradicciones y que aquellas diferencias en sus testimonios no afectaron el cómo sucedieron los hechos, incluso se confirmaron con imágenes de cámaras de seguridad.
El tribunal consideró que las acusaciones de inconstitucionalidad por parte del criminal eran infundadas, ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en casos anteriores, aseguró que la pena por el delito de secuestro exprés no vulnera el principio de proporcionalidad.
El secuestrador lanzó su última carta e interpuso un recurso de revisión llegando el caso a manos de la SCJN.
La última decisión de la SCJN

Finalmente, 7 de febrero de 2024 –casi cuatro años después de los hechos– la SCJN falló en contra del secuestrador.
La Corte rechazó que la pena que el criminal recibió por el delito de secuestro exprés haya sido desproporcionada y por lo tanto no es inconstitucional.
El máximo tribunal argumentó que el hecho de que los castigos por cometer este delito sean altas se debe a que en su momento la incidencia delictiva del secuestro estaba por la nubes y las penas de ese entonces eran insuficientes.
Con esta decisión, la SCJN ordenó que se mantuviera la sentencia de 50 años de prisión contra el secuestrador.
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