Reparto de utilidades 2025: Qué hacer si no te las dan

La participación de los beneficios de la empresa son una prestación establecida en la Constitución

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De igual modo, la Ley
De igual modo, la Ley Federal del Trabajo tiene artículos para regular la entrega del reparto de utilidades. Credito: Cuartoscuro

El reparto de utilidades es un derecho laboral que garantiza a los trabajadores recibir una parte de las ganancias generadas por las empresas para las que laboran.

Este derecho está respaldado por el artículo 123, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y regulado en el capítulo VIII de la Ley Federal del Trabajo, disposiciones 117 a 131.

Según las disposiciones de la ley, los empleados que hayan trabajado al menos 60 días en una empresa que haya reportado utilidades netas iguales o superiores a 300 mil pesos en su declaración fiscal tienen derecho a esta prestación. Incluso si ya no forman parte de la compañía o si su contrato ha sido terminado, siempre que cumplan con los requisitos establecidos

Solamente las empresas que hayan
Solamente las empresas que hayan reportado en su declaración una ganancia superior a los 300 mil pesos deben de hacer reparto de utilidades. Credito: Cuartoscuro

Quedan excluidos los empleados domésticos, directores generales, técnicos, artesanos, administradores, profesionistas y aquellos que presten servicios bajo un esquema de honorarios sin una relación de subordinación con el patrón.

Por otro lado, no todas las empresas están obligadas a realizar el reparto de utilidades. Las compañías de nueva creación que se encuentren en su primer año de operaciones están exentas de esta obligación, al igual que aquellas cuyo capital sea inferior al monto establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

¿Qué hacer si no recibes el reparto de utilidades?

La fecha límite para recibir
La fecha límite para recibir el reparto de utilidades es el 30 de mayo de cada año. (Foto: Cuartoscuro)

Cuando el reparto de utilidades no se realiza o se efectúa de manera incorrecta, los trabajadores cuentan con diversas herramientas legales para reclamarlo.

El primer paso recomendado es dirigirse directamente al empleador o al área de Recursos Humanos de la empresa para solicitar una aclaración. En este acercamiento, el trabajador puede pedir información sobre el reparto de utilidades y, si es necesario, solicitar una copia de la declaración anual del SAT, donde se reflejan las utilidades reportadas.

Si el diálogo directo con el patrón no resulta satisfactorio, el trabajador puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Este organismo ofrece asesoría gratuita, representación y defensa legal en casos de incumplimiento del reparto de utilidades. La queja puede presentarse de manera presencial o en línea, y la institución tiene la facultad de intervenir para buscar una conciliación con el empleador.

Los trabajadores pueden pedir una
Los trabajadores pueden pedir una copia de la declaración anual de la empresa entregada al SAT. Credito: Cuartoscuro

Otra opción es iniciar un proceso ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL). Antes de proceder a los tribunales laborales, es obligatorio pasar por una etapa de convenio en este organismo. El trabajador debe presentar una solicitud de conciliación, y si no se alcanza un acuerdo, la institución emite una constancia de no conciliación.

Con la constancia de no conciliación en mano, el trabajador puede presentar una demanda formal ante el Tribunal Laboral Federal o Local. En este juicio, se busca que el patrón cumpla con el reparto de utilidades y pague los montos adeudados. Además, el tribunal puede imponer recargos e indemnizaciones adicionales al jefe en caso de incumplimiento.

Los trabajadores tienen un año como plazo para reclamar el reparto de utilidades, contado a partir del día siguiente a la fecha límite de pago de la participación de los beneficios. Para las personas morales (empresas), el vencimiento es el 30 de mayo, mientras que para las personas físicas es el 29 de junio.