
La Fiscalía del Estado de Jalisco informó sobre la detención de Alejandro “N”, conocido en redes sociales como Alex Marín y por su contenido para adultos.
Según lo difundido por la Fiscalía, el detenido habría iniciado una relación sentimental con una adolescente de 16 años, a quien posteriormente involucró en actividades de explotación sexual y grabaciones de contenido pornográfico.
La detención se llevó a cabo en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco. Las autoridades señalaron que Alejandro “N” está acusado de delitos relacionados con la trata de personas, específicamente en la modalidad de prostitución ajena u otras formas de explotación sexual.

Al parecer, el acusado se habría ganado la confianza de la víctima, iniciando una relación sentimental con ella. Durante esta relación, se documentó que el hombre sostuvo encuentros sexuales ocasionales con la menor y posteriormente la ofreció a otras personas a cambio de dinero.
En uno de estos encuentros, Alejandro “N” habría convencido a la adolescente de incluir a otras personas en las actividades sexuales y de grabar el acto en video.
Además, las investigaciones apuntan a que el detenido persuadió a la víctima para que el material grabado fuera subido a plataformas de internet dedicadas a la difusión de contenido pornográfico. Este hecho habría sido clave en la denuncia presentada por los familiares de la menor, quienes, al enterarse de lo sucedido, acudieron a las autoridades para reportar los hechos.
¿Cuál es la pena de los delitos presuntamente cometidos por Alex Marín?

En marzo del 2023 se reformó el Código Penal de Jalisco para que las penas de ciertos delitos se equipararan a las contempladas por la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en Materia de Trata de Personas. Es decir, en caso de que existieran elementos para presumir la existencia del delito de trata de personas (como es el caso del creador de contenido) se aplicaría lo establecido por ley nacional.
Anteriormente, se podría haber acusado a Alex Marín, por ejemplo, del delito de Lenocinio (mediar para facilitar una relación amorosa o sexual entre dos personas), con penas que no superaban los 9 años de prisión.
No obstante, ahora está acusado de trata de personas en su modalidad prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, la pena podría ser de hasta 30 años de prisión.
Esto dice la Ley General:

“Será sancionado con pena de 15 a 30 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, al que se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual, el turismo sexual o cualquier otra actividad sexual remunerada mediante el engaño, la violencia física o moral, o el abuso de poder y otras condiciones más.
No obstante, la misma ley establece que, de ser menor de edad la víctima (como es el caso), no se requerirá la comprobación de los medios para hacerlo.
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