Edad de jubilación congelada: lo que cambia en el ISSSTE

Los trabajadores bajo el Régimen del Décimo Transitorio se beneficiarán de la medida que evita aumentar la edad de retiro

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La congelación evita que hombres
La congelación evita que hombres y mujeres enfrenten aumentos progresivos previstos en la reforma de 2007 del ISSSTE. (X/@mario_delgado)

La presidenta Claudia Sheinbaum anunció la congelación de la edad de retiro para los trabajadores bajo el Régimen del Décimo Transitorio del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

La medida, forma parte del resultado de las conversaciones entre el Gobierno Federal y representantes de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), que garantiza que la edad de jubilación se mantenga en 58 años para hombres y 56 para mujeres, como está actualmente, y no conforme a lo establecido en la reforma de 2007.

¿Qué cambia y qué se mantiene?

Dos personas mayores revisan la
Dos personas mayores revisan la documentación para tramitar la jubilación. (Freepik)

La Ley del ISSSTE reformada en 2007 planteaba un aumento progresivo en la edad de retiro, llegando en 2028 a los 60 años para hombres y 58 para mujeres.

Sin embargo, con esta nueva disposición, los docentes que pertenecen al Régimen del Décimo Transitorio podrán mantener las condiciones originales de su jubilación.

¿Qué es el Régimen del Décimo Transitorio?

El Régimen del Décimo Transitorio
El Régimen del Décimo Transitorio calcula pensiones considerando salario base y antigüedad sin límites máximos impuestos por UMAs del ISSSTE. - Crédito Midis

El Régimen del Décimo Transitorio permite a los trabajadores calcular su pensión en función de su salario base y antigüedad, sin estar sujetos al tope de 10 UMAs que impone la Ley ISSSTE 2007.

Este modelo garantiza montos de pensión más altos y establece, en comparación con el régimen de cuentas individuales manejadas por el Afore.

El gobierno ha decidido congelar la jubilación mientras se negocia una alternativa que minimice el impacto negativo sobre los derechos adquiridos de los trabajadores.

Modalidades de pensión bajo el Décimo Transitorio:

Modalidades de jubilación bajo el
Modalidades de jubilación bajo el Régimen del Décimo Transitorio incluyen invalidez, cesantía en edad avanzada y pensión por fallecimiento.
  • Jubilación: ofrece el cien por ciento del sueldo básico, si se cumplen edad y años de servicio (30 años hombres, 28 años mujeres).
  • Edad y tiempo: desde el cincuenta porciento hasta el noventa y cinco porciento del suelo (según años cotizados).
  • Cesantía en edad avanzada: para mayores de 60 años que cuenten con mínimo de diez años de cotización.
  • Invalidez: para aquellos trabajadores con incapacidad total y al menos con cinco años cotizados.
  • Pensión por fallecimiento: para beneficiarios legales del trabajador difunto.

¿Qué pasa con los que están bajo el Régimen Ordinario?

Quienes cotizan bajo el Régimen
Quienes cotizan bajo el Régimen Ordinario continuarán con pensiones limitadas por cuentas individuales según la ley de 2007.

Aquellos trabajadores que contribuyen bajo el esquema de cuentas individuales o ‘Régimen Ordinario’ continuarán con el sistema establecido en el año 2007.

Es decir que, el monto de su pensión está directamente relacionado con la cantidad de ahorro acumulado en la Afore del trabajador, con un límite máximo de 10 UMAs mensuales, lo que equivale aproximadamente a 35 mil pesos.

El gobierno ha señalado que la congelación de la edad de jubilación es una medida temporal mientras se negocia una solución que reduzca el impacto negativo sobre los derechos adquiridos pode los trabajadores.