¿Quiénes no reciben reparto de utilidades en 2025? Estas empresas están exentas

La Ley Federal del Trabajo establece excepciones para ciertos empleados y empresas

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La Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo establece excepciones para ciertos empleados y empresas

El reparto de utilidades es un derecho laboral en México que garantiza a los trabajadores una parte de las ganancias generadas por las empresas. Sin embargo, no todos los empleados tienen derecho a recibir este pago y ciertas empresas están legalmente exentas de otorgarlo.

Pero, ¿quiénes no reciben utilidades en 2025, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT), y qué hacer si tienes dudas sobre tu situación.

¿Quiénes no reciben reparto de utilidades en 2025?

La LFT establece claramente a qué trabajadores no les corresponde este beneficio, incluso si laboran en empresas obligadas. Entre los excluidos del reparto de utilidades se encuentran:

  • Trabajadores del hogar, debido a la naturaleza de su vínculo laboral.
  • Directores, administradores y gerentes generales, por ocupar cargos de representación legal o dirección.
  • Socios o accionistas de la empresa, ya que obtienen ganancias a través de dividendos.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días en 2024.
  • Profesionales independientes que prestan servicios por honorarios y sin relación laboral subordinada.
El reparto de utilidades es
El reparto de utilidades es un derecho laboral en México, pero en 2025 hay excepciones legales: no todos los trabajadores lo reciben ni todas las empresas están obligadas a pagarlo, según la Ley Federal del Trabajo.

Empresas que están exentas del reparto de utilidades en 2025

Según el Artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo, las siguientes empresas o instituciones no están obligadas a entregar utilidades:

  • Empresas de nueva creación, durante su primer año de operaciones.
  • Empresas innovadoras, que fabriquen productos nuevos y que estén dentro de sus primeros dos años de actividad, siempre que la Secretaría de Economía reconozca oficialmente la innovación.
  • Empresas mineras en etapa de exploración, mientras dure esa fase del proyecto.
  • Instituciones privadas sin fines de lucro, con fines humanitarios como asilos y fundaciones, debidamente reconocidas.
  • Instituciones públicas y descentralizadas con funciones culturales, asistenciales o de salud, como el IMSS.

Además, si una empresa declaró ingresos anuales menores a 300 mil pesos ante el SAT, también queda exenta de repartir utilidades.

¿Qué hacer si no recibiste utilidades?

Si consideras que deberías haber recibido utilidades y tu empresa no está en la lista de exentas, puedes presentar una queja o solicitar asesoría gratuita en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Estos son los canales disponibles:

  • Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • También puedes acudir directamente a una de sus oficinas en tu localidad.
El reparto de utilidades es
El reparto de utilidades es un derecho laboral en México, pero en 2025 hay excepciones legales: no todos los trabajadores lo reciben ni todas las empresas están obligadas a pagarlo, según la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuándo se paga el reparto de utilidades?

  • Empresas (personas morales): tienen hasta el 30 de mayo de 2025 para cumplir con el pago.
  • Patrones individuales (personas físicas): deben pagar a más tardar el 29 de junio de 2025.

Este derecho aplica para trabajadores que laboraron al menos 60 días en 2024, en empresas con más de un año de operación y utilidades netas superiores a 300 mil pesos.