En México, los trabajadores con una cuenta Afore (Administradora de Fondos para el Retiro ) pueden acceder a los recursos que han ahorrado a lo largo de su vida laboral, incluso antes de jubilarse.
Los requisitos y la edad para acceder a ellos dependen de cada caso; es decir, si se trata de retiro por ayuda de matrimonio, desempleo y jubilación.
Para este último los trabajadores deben tener entre 60 a 64 años de edad si se cotiza bajo el régimen de la Ley de 1997 y se busca la pensión por cesantía, y 65 años para la pensión por vejez.
Además, para este 2025 es necesario contar con un mínimo de 850 semanas de cotización, según información de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
¿En qué otros casos es posible retirar dinero de la Afore?
La Consar explicó que las otras modalidades en las que los trabajadores pueden retirar un porcentaje del dinero acumulado en su cuenta individual, se requiere que:
Retiro parcial por desempleo, permite a los trabajadores retirar un mínimo equivalente a 30 días y un máximo de 90 días de su salario base de cotización. Este trámite puede realizarse cada cinco años.
Para acceder a este retiro, es necesario presentar una certificación de baja laboral emitida por el IMSS, la cual se otorga a partir del día 46 de desempleo.
Además, el trabajador debe contar con al menos tres años de haber abierto su cuenta de ahorro para el retiro, dos años de cotización ante el IMSS y no haber realizado un retiro similar en los últimos cinco años.
Al optar por este tipo de retiro, se realiza un descuento en las semanas cotizadas ante el IMSS. Sin embargo, estas pueden ser recuperadas mediante aportaciones totales o parciales realizadas directamente a través de la Afore.
A esta opción se suma el retiro anticipado por matrimonio, un beneficio que puede solicitarse únicamente una vez en la vida.
Para acceder a este beneficio, es necesario contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997, disponer de la resolución de ayuda por gastos de matrimonio emitida por el IMSS, estar inscrito como trabajador asegurado vigente y no haber ejercido este derecho previamente.
A diferencia del retiro por desempleo, el trámite de retiro por matrimonio no conlleva una disminución en las semanas de cotización registradas ante el IMSS.
En cualquiera de estos casos, el monto correspondiente se entregará en un plazo máximo de cinco días hábiles.
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