¿Qué es el programa de regularización fiscal 2025 del SAT y para quiénes aplica?

Con este plan se facilitarán los pagos de adeudos fiscales tanto de personas físicas como morales

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Con este programa se podrán
Con este programa se podrán regularizar en sus adeudos fiscales. Foto: (Jesús Tovar Sosa/Infobae)

El Sistema de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición de personas físicas y morales el programa de Regularización Fiscal 2025 dirigido a quienes cuenten con adeudos para que puedan ponerse al corriente.

Este plan consiste en la aplicación de una disminución del 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución con el objetivo de facilitar el pago de los adeudos fiscales y regularizar sus obligaciones.

Tanto personas físicas como micro, pequeñas y medianas empresas podrán acceder a este programa en adeudos del año 2023 o anteriores que el SAT y la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) determinaron en conjunto.

¿Qué contribuyentes pueden solicitarlo?

Es primordial revisar que todos
Es primordial revisar que todos tus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet estén debidamente timbrados. (Jesús Avilés)

Este programa está disponible para personas físicas y morales con ingresos totales de hasta 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal a corregir y que cumpla con alguno de los siguientes supuestos:

  • Que tengan a su cargo contribuciones que no hayan sido determinadas por la autoridad federal o cuotas compensatorias omitidas.
  • Que se encuentren sujetos a facultades de comprobación.
  • Que estén pagando créditos fiscales a plazos.
  • Que tengan a su cargo créditos fiscales firmes determinados por la autoridad federal.

¿A qué adeudos aplica?

Será aplicable a los siguientes adeudos de ejercicios 2023 o anteriores:

  • Recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales propias, retenidas trasladadas o con cuotas compensatorias.
  • Multas determinadas conjuntamente con contribuciones federales o cuotas compensatorias derivadas de obligaciones fiscales distintas a las de pago.
  • Multas con agravantes.
  • Multas impuestas por realizar infracciones señaladas en las leyes fiscales, aduaneras y de comercio exterior.

Requisitos para ser elegible al programa

Las personas físicas o morales deberán cumplir con lo siguiente:

  • No haber sido condenado por delitos fiscales con sentencia firme.
  • No haber recibido alguna condonación en el monto del pago de créditos fiscales, según los programas generalizados y masivos de los años 2000, 2007 y 2013.
  • No estar publicado en los listados de los artículos 69-B y 69-Bis del Código Fiscal de la Federación.
  • Que los créditos fiscales en los que se aplique el estímulo fiscal correspondan a ejercicios en los que los ingresos totales no hayan excedido de 35 millones de pesos.

Es importante señalar que la aplicación de la disminución fiscal no dará lugar a devolución, deducción, compensación o saldo a favor. Además de que la respuesta emitida por la autoridad fiscal en relación a la solicitud no podrá ser impugnada.

Finalmente, el SAT detalló que las contribuciones o cuotas compensatorias actualizadas no podrán realizarse en especie o mediante compensación.