Murió electrocutado en una alberca frente a su familia, los responsables fueron absueltos hasta que el caso llegó a la SCJN

La lucha de la familia de Alfredo por justicia desnudó fallas graves en un condominio de lujo, donde su muerte fue inicialmente atribuida “a su imprudencia”

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El caso de una negligencia
El caso de una negligencia criminal terminó hasta en la SCJN cuando la familia no obtuvo justicia (REUTERS/Quetzalli Nicte-Ha=

Lo que serían unas inolvidables vacaciones en el paradisiaco puerto de Acapulco, terminó siendo una tragedia cuando Alfredo, un joven de 24 años de edad, murió electrocutado en el área de alberca del condominio donde se hospedaban.

Tras el fallecimiento del joven, sus familiares –quienes fueron testigos de los hechos e incluso sufrieron descargas eléctricas intentando salvarlo– presentaron una demanda contra el condominio para que se hiciera responsable.

Sin embargo, un juez absolvió a los demandados asegurando que la muerte de Alfredo fue culpa suya y de nadie más.

Los familiares no se quedaron de brazos cruzados y siguieron peleando hasta que su caso llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esta es la historia.

Vacaciones terminan en tragedia

El viacrucis de la familia
El viacrucis de la familia de Alfredo comenzó en una alberca (Imagen Ilustrativa Infobae)

De acuerdo con la sentencia del Amparo Directo 3/2021, la tragedia ocurrió el 28 de diciembre de 2012, cuando Alfredo, de 24 años de edad, llegó a Acapulco, Guerrero, junto a su familia para pasar las fiestas de fin de año.

Durante ese tiempo, se hospedaron en un lujoso departamento ubicado en la Torre A del Condominio Residencial Palmeiras, propiedad de su tía.

Apenas llegaron, Alfredo y su primo Jonathan fueron a las canchas de tenis donde pasaron la tarde. Ya por la noche, acudieron al área de la alberca para refrescarse.

Ambos se quitaron los zapatos, los calcetines y la playera, pero en lugar de meterse a la alberca, Alfredo se metió en un espejo de agua, un tipo de fuente que se caracteriza por ser larga pero poco profunda.

El espejo de agua que se encontraba en el condominio era circular, con un diámetro de 9.30 metros y una profundidad menor a los 10 centímetros, iluminada con cuatro lámparas subacuáticas.

Apenas introdujo los pies a la fuente, Alfredo recibió una fuerte descarga eléctrica que lo hizo caer inconsciente, boca arriba y con la mayor parte del cuerpo sumergido en la fuente.

Al darse cuenta de lo sucedido, su primo intentó sacarlo del agua, pero las fuertes descargas eléctricas se lo impidieron. Su padre intentó hacer lo mismo pero tampoco lo logró.

Tuvieron que intervenir los dos padres de Alfredo y su tía para poder sacarlo de la fuente tomándolo de los pies y soportando la electricidad que fluía de la fuente y de su cuerpo.

Ya fuera del agua sus familiares le brindaron los primeros auxilios, pero ya era tarde. Alfredo falleció a las 20:30 horas del 28 de diciembre del 2012.

Comenzó la pelea en los juzgados

Los responsables del condominio culparon
Los responsables del condominio culparon a Alfredo de su propia muerte (Imagen ilustrativa Infobae)

Ante lo sucedido, la familia de Alfredo presentó una demanda contra el Condominio Residencial Palmeiras y sus representantes, así como contra su Comité de Vigilancia y sus integrantes haciéndolos responsables de la muerte de Alfredo.

En su defensa, los acusados rechazaron su responsabilidad en el caso argumentando que el fallecimiento del joven de 24 años fue su culpa por hacer uso indebido del espejo de agua, ya que es meramente decorativa.

De acuerdo con la versión de los demandados, Alfredo posó su pie sobre una de las lámparas subacuáticas que no soportó su peso, se rompió y produjo el contacto eléctrico que le causó la muerte y no alguna falla en la fuente ocasionada por falta de mantenimiento.

El condominio argumentó que no puede ser responsable porque no es una persona moral, sino que se trata de un conjunto habitacional privado en el que cada dueño es responsable de sus invitados.

Lo mismo respondió el Comité de Vigilancia del Condominio y sus integrantes al señalar que no está en sus atribuciones constatar la eficacia o seguridad de las instalaciones de la unidad habitacional.

Los acusados también aseguraron que la instalación eléctrica se encontraba en buenas condiciones de acuerdo con un dictamen pericial.

Tras los hechos expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Tabares, en el Estado de Guerrero, absolvió a los demandados bajo la misma lógica de que la muerte de Alfredo fue su culpa.

Los familiares de Alfredo apelaron la sentencia absolutoria, pero fue rechazada por la Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guerrero.

Siguiendo con la batalla legal, interpuso ahora un amparo que quedó en manos del Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito. Sin embargo, la defensa de la víctima pidió que el caso fuera atraído por la SCJN. Y así ocurrió,

La resolución de la SCJN

El caso fue resuelto por
El caso fue resuelto por la primera sala de la Corte (Imagen Ilustrativa Infobae)

Fue así que el 29 de noviembre del 2023, más de una década después del caso, la Primera Sala de la SCJN concedió el amparo a la familia de Alfredo asegurando que hubo una serie de violaciones en el proceso.

La Corte precisó que sí hay responsabilidad por parte de los demandados en la muerte de Alfredo, ya que no había una señalización que prohibiera el ingreso al espejo de agua.

También señaló que no se realizaron actos de mantenimiento debidos en los sistemas de electricidad relacionados con la fuente.

Incluso, el día de la tragedia, no se realizó revisión alguna en las áreas comunes del condominio pese a que se habían registrado fallas en el servicio eléctrico.

Evidenciando así que no se cumplió de manera integral con los deberes de vigilancia en el condominio.

La SCJN ordenó que se emitiera una nueva sentencia sobre las responsabilidades que ocasionaron la muerte de Alfredo.