
En un hecho histórico en México, una mujer trans en el estado de Chihuahua ha logrado que la justicia federal ordene al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) brindarle atención médica integral para completar su proceso de reafirmación de género.
Este fallo incluye la obligación de proporcionar tratamientos hormonales y realizar procedimientos quirúrgicos como una orquiectomía (extirpación de testículos) y una vaginoplastia. Esta resolución marca un antes y un después en el reconocimiento de los derechos de las personas trans en el país.
La decisión fue emitida por la jueza federal Martha Cecilia Zúñiga Rosas, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Chihuahua, quien concedió un amparo a la paciente. La jueza determinó que el IMSS había violado los derechos fundamentales de la mujer trans al negarle los tratamientos necesarios, argumentando que estos eran de carácter estético y no funcional.
Ante el hecho, la resolución establece que el instituto debe abstenerse de clasificar los procedimientos médicos requeridos como meramente estéticos y, en cambio, reconocerlos como esenciales para garantizar el derecho a la salud física y mental, así como el libre desarrollo de la personalidad.

Esta es la primera resolución de este tipo en todo el país, lo que la convierte en un precedente legal significativo para la comunidad trans en México. La jueza Zúñiga Rosas subrayó que la negativa del IMSS a proporcionar los tratamientos solicitados vulneró derechos fundamentales de la paciente, entre ellos su derecho a la salud y al bienestar emocional. Además, destacó que el libre desarrollo de la personalidad, protegido por la Constitución Política, incluye el acceso a los procedimientos médicos necesarios para la reafirmación de género.
El caso se originó cuando la mujer trans, cuya identidad se mantiene en reserva para proteger su privacidad, presentó un primer juicio de amparo para exigir que el IMSS respondiera a su solicitud de tratamiento hormonal y cirugía de vaginoplastia.
Aunque el instituto respondió, la paciente consideró insuficiente la respuesta y promovió un segundo amparo, el cual fue turnado al Juzgado Segundo de Distrito en Chihuahua. Finalmente, el tribunal colegiado ratificó la decisión de la jueza, lo que obligó al IMSS a cumplir con las demandas de la paciente.
Obligaciones del Seguro Social tras el amparo
El fallo judicial no solo ordena al IMSS proporcionar los tratamientos y cirugías requeridos, sino que también establece que el instituto debe realizar las acciones administrativas necesarias para garantizar que la atención médica se brinde en un marco de respeto y sin discriminación.
Ell IMSS deberá garantizar que la paciente reciba los medicamentos y procedimientos indispensables para su recuperación, cumpliendo con lo estipulado en el Artículo Octavo constitucional, que obliga a las instituciones públicas a acatar las resoluciones judiciales.
Además, la resolución judicial enfatiza que los tratamientos de reafirmación de género no deben ser considerados como procedimientos estéticos, sino como una parte integral del derecho a la salud. Este punto es crucial, ya que históricamente las personas trans han enfrentado barreras significativas para acceder a este tipo de atención médica en México, debido a la percepción de que dichos tratamientos no son esenciales.

Un avance en la lucha por los derechos de las personas trans
La mujer trans que promovió el amparo ha enfrentado un largo camino legal para que se respeten sus derechos. Según informó la jueza, su caso representa un avance significativo en la defensa de los derechos de las personas trans en México, al establecer que los tratamientos de reafirmación de género son fundamentales para garantizar el bienestar físico y emocional de quienes los solicitan. Este fallo también envía un mensaje claro sobre la obligación de las instituciones públicas de respetar y proteger los derechos de las personas trans, eliminando prácticas discriminatorias.
El impacto de esta resolución podría extenderse más allá del caso individual, ya que sienta un precedente legal que podría beneficiar a otras personas trans en el país. El fallo refuerza la idea de que el acceso a la atención médica integral es un derecho humano que no puede ser negado por prejuicios o interpretaciones restrictivas de la ley.
Aunque este fallo representa un avance importante, también pone de manifiesto los desafíos que enfrentan las personas trans en México para acceder a servicios médicos esenciales. En este caso, la paciente tuvo que recurrir a múltiples instancias legales para que se reconocieran sus derechos, lo que evidencia las barreras estructurales y sociales que persisten en el sistema de salud.
Más Noticias
Enfrentamiento en Culiacán deja dos muertos y cuatro heridos; aseguran armas y vehículos
Entre los heridos habría una víctima de fuego cruzado; también se aseguraron armas largas, vehículos y equipo táctico

¿Eres el afortunado ganador de alguno de los sorteos de Tris?
Aquí los resultados de todos los sorteos de Tris dados a conocer por la Lotería Nacional y averigue si ha sido uno de los ganadores

Muere Menor de 8 años de edad tras intoxicarse por beber maquillaje en Durango
El infante falleció cuando sus padres se dirigían al hospital para su atención médica

¿Eres el afortunado ganador del sorteo Melate?
Como todos los domingo, aquí están los resultados del sorteo Melate de Pronósticos

El método de Biby Gaytán para “alejar mujeres” de Eduardo Capetillo
Entre rumores, la pareja ha sabido mantenerse unida desde su juventud
