
A unos días de disfrutar del segundo día feriado oficial del año, en este espacio digital recordaremos cuál será el pago que deberá recibir en caso de prestar sus servicios en un día de descanso oficial.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los días feriados en comparación con los de asueto, son considerados como de descanso obligatorio para los trabajadores. Lo que quiere decir que si labora durante un día feriado, entonces tendrá derecho a que se le pague un poco más de dinero por esa acción.
Como dicta el calendario oficial de este año y de acuerdo con la LFT, una de las fechas obligatorias para el receso de los trabajadores en general es el primer lunes de febrero.
Es decir, el próximo lunes 5 de febrero es feriado en México, debido a la conmemoración de la Constitución de México, también conocida como Carta Magna, la cual fue promulgada el 5 de febrero de 1917, libro que rige las garantías y derechos constitucionales del país.

¿Cuánto deberán pagarte si trabajas el 5 de febrero?
Tal y como lo marca el artículo 75 de la LFT, los trabajadores que presten sus servicios el 5 de febrero, tendrán derecho a un pago doble.
Es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
Los patrones deberán acordar los trabajadores que deberán laborar en caso de tener que asistir a trabajar en un día festivo.
De ese modo, los trabajadores quedarán obligados a prestar sus servicios, pero tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

En caso de no llegar a un convenio, y no respetar lo acordado por la compañía para la que trabaja, la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje deberá resolver legalmente el asunto.
Hay que recordar que la Procuraduría Federal del Trabajo, en México establece al menos siete días feriados o también conocidos como de descanso obligatorio para los empleados del país.
Las fechas establecidas como feriados tienen el objetivo de que las personas celebren las festividades cívicas que se conmemoran, según sea el caso.
Además de los días que ya conocemos para descansar durante el año, será necesario detallar que este 2024 deberá también considerarse una fecha más. Se trata del 1 de octubre, debido al cambio de Presidente en el país, transición que ocurre cada 6 años.
En caso de que el descanso obligatorio llegue a coincidir con el descanso semanal, es decir, el día domingo, entonces el patrón deberá cubrir la cuota correspondiente a la prima dominical, la cual corresponde al 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
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