CIDH concluye que migrante falleció por uso excesivo de la fuerza de agentes de CBP tras ser detenido en la frontera

El caso de Anastasio Hernández Rojas, de 2010, refleja un patrón de abuso y falta de controles efectivos para prevenir violaciones a derechos humanos

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La CIDH determinó que la
La CIDH determinó que la muerte de Anastasio Hernández Rojas fue resultado de tortura por agentes de CBP en la frontera. (REUTERS/Cheney Orr)

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha concluido que la muerte del migrante mexicano Anastasio Hernández Rojas en 2010 fue resultado de actos de tortura y uso desproporcionado de la fuerza por parte de agentes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP).

Según el informe publicado por la CIDH, el caso evidencia graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, la integridad personal y el acceso a la justicia, así como un contexto de discriminación estructural hacia personas migrantes, especialmente de origen latino.

Hernández Rojas fue detenido en mayo de 2010 mientras intentaba cruzar la frontera hacia Estados Unidos.

La tortura que sufrió el mexicano durante su detención

Agentes estadounidenses sometieron a Hernández
Agentes estadounidenses sometieron a Hernández Rojas a choques eléctricos y negligencia médica. (Imagen Ilustrativa Infobae)

De acuerdo con el informe, durante su detención, fue golpeado brutalmente, electrocutado con un arma tipo taser, atado y sometido por varios agentes, a pesar de estar desarmado y herido.

La CIDH determinó que el uso de la fuerza en este caso fue innecesario y desproporcionado, y que el trato recibido por la víctima constituyó actos de tortura. Además, se señaló que Hernández Rojas no recibió atención médica adecuada, lo que contribuyó directamente a su fallecimiento.

El informe también destacó que la legislación estadounidense sobre el uso de la fuerza presenta serias deficiencias. Según la CIDH, las normativas vigentes en ese momento permitían una amplia discrecionalidad a los agentes, al supeditar el uso de la fuerza a la “creencia razonable” de una amenaza inminente.

Esta falta de parámetros claros, junto con la ausencia de una evaluación de proporcionalidad en los ataques, facilitó el uso arbitrario de armas como los tasers, lo que agravó las violaciones a los derechos humanos.

Las irregularidades en el caso de Hernández Rojas

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La legislación de uso de fuerza en EEUU carece de controles efectivos, denunció la CIDH. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La investigación penal sobre el caso también fue objeto de críticas por parte de la CIDH. El organismo identificó irregularidades significativas, como la destrucción de pruebas, sesgos en el proceso y la falta de medidas para garantizar la participación de los familiares de la víctima.

Estas falencias, según el informe, reflejan una falta de voluntad para esclarecer los hechos y sancionar a los responsables, perpetuando un contexto de impunidad.

El informe de la CIDH subrayó que el caso de Hernández Rojas no es un incidente aislado, sino que forma parte de un patrón de discriminación estructural contra personas migrantes, particularmente de origen latino, en la frontera entre México y Estados Unidos.

Este contexto se caracteriza por el uso excesivo de la fuerza por parte de agentes estatales y la falta de medidas efectivas para proteger los derechos de las personas en situación de movilidad humana.

Las recomendaciones que la CIDH le dio a EEUU

Reformar el empleo de armas
Reformar el empleo de armas tipo taser es clave para prevenir abusos futuros, señala el informe. (Imagen Ilustrativa Infobae)

En cuanto a las recomendaciones, la CIDH instó a Estados Unidos a reparar integralmente las violaciones de derechos humanos cometidas contra Hernández Rojas y su familia.

Esto incluye reabrir la investigación penal de manera diligente y efectiva, identificar a todos los responsables, imponer las sanciones correspondientes y garantizar acceso a atención en salud mental para los familiares de la víctima.

Además, el organismo recomendó adoptar garantías de no repetición, como adecuar la legislación sobre el uso de la fuerza a estándares internacionales, restringir el uso de armas tipo taser y capacitar a los agentes policiales en derechos humanos y enfoques diferenciales.

El informe también señaló que, aunque las partes involucradas habían suscrito un acuerdo conciliatorio a nivel interno, este no limita la competencia de la CIDH para evaluar el caso en el marco de los instrumentos internacionales de derechos humanos.

La Comisión reiteró que el acuerdo podría tener efectos jurídicos en el ámbito nacional, pero no exime al Estado de su responsabilidad internacional.

Estados Unidos no informó sobre las medidas adoptadas tras las recomendaciones

En diciembre de 2024, la CIDH transmitió el informe de fondo a Estados Unidos, otorgándole un plazo de dos meses para informar sobre las medidas adoptadas para cumplir con las recomendaciones.

Sin embargo, no se recibió respuesta. En marzo de 2025, la Comisión aprobó el informe final y otorgó un nuevo plazo de tres semanas para obtener una respuesta, que nuevamente no fue proporcionada por el Estado.

La CIDH, como órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), tiene el mandato de promover y defender los derechos humanos en la región.

Este caso, según el organismo, pone de manifiesto la necesidad urgente de que el país adopte medidas efectivas para garantizar los derechos de las personas migrantes y prevenir futuros abusos en contextos similares.