
La sección 5 de la Audiencia de Barcelona ha decretado el archivo del caso de las gemelas de 12 años de Sallent (Barcelona) que el 21 de febrero de 2023 se precipitaron desde el balcón de su casa, un tercer piso, y una de ellas murió.
En el auto, consultado este jueves por Europa Press y en el que no cabe recurso, han explicado que el Juzgado de Instrucción 3 de Manresa (Barcelona) archivó el caso en enero, pero la familia interpuso dos recursos que finalmente han sido desestimados.
Antes de saltar, las menores escribieron una nota para sus familiares, en la que explicaban que ellos "no tenían culpa alguna", y una de las gemelas explicaba que no se sentía bien, que quería ser un hombre y era bisexual, y la otra manifestaba que se arrojaba por el balcón porque no quería que su hermana lo hiciera sola.
Tras hacer el atestado, la investigación policial apuntó a que una de las gemelas "pudiera estar siendo víctima de acoso en la escuela" por su condición sexual.
También se recogía que la misma gemela tenía "dificultades de adaptación en su nuevo entorno, echaba de menos a su abuela que permanecía en Argentina y en su propia familia habría habido, al menos en una etapa, un cierto contexto conflictivo matrimonial".
INVESTIGACIÓN JUDICIAL
La investigación judicial ha desvelado que "podía haber sido objeto de un cierto acoso escolar por parte de algunos compañeros, porque habría recibido insultos derivados de su identidad sexual y de su condición de extranjera", porque eran de Argentina.
A pesar de esto, también "existía en el centro escolar un contexto problemático que probablemente trascendía el caso concreto de la menor", porque los docentes del centro describen el curso de las gemelas como especialmente conflictivo.
"De las diligencias practicadas se desprende, por un lado, una situación de vulnerabilidad derivada de sus circunstancias personales, pero también un cierto conflicto familiar, una cierta irascibilidad y nerviosismo en su conducta y, en general, un contexto global que conduce a concluir que el acoso escolar pudo haber tenido un cierto impacto en su decisión, pero también existían motivos adicionales", concluyen.
Esta conclusión impide vincular el resultado "simplemente con la situación de acoso escolar y, en sentido contrario, no se permite determinar en esa única circunstancia la causa del desenlace".
EL PROTOCOLO "NO SE ACTIVÓ"
A través de la declaración testifical de la psicopedagoga del centro escolar, el auto desprende que el protocolo de acoso "no se activó hasta después del fallecimiento" de la niña.
"A nuestro juicio, la investigación practicada descarta que la menor no hubiera sido objeto de una atención personalizada, adecuada y proporcionada, a su situación de vulnerabilidad, teniendo en cuenta que varios profesionales educativos, sociales y sanitarios estaban al tanto de su situación y le realizaban seguimiento", dice el auto.
Además, el juzgado alega que no se puede afirmar que la decisión de las gemelas "fuera previsible" para los profesionales del centro, porque no había antecedentes previos de conductas semejantes y fallidas.
"Asimismo, no podemos dejar de mencionar que un proceso penal no es el lugar para investigar si actuaciones escolares o médicas fueron las mejores posibles. Un proceso penal debe continuar si hay indicios de delito y tal y como hemos argumentado, en este caso, no concurren", zanjan.
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