Sala de 'Astapa' absuelve a 31 acusados y condena a multa o inhabilitación a 15, entre ellos Barrientos

El caso 'Astapa' culmina con la condena de 15 individuos, incluido el exalcalde, y la absolución de 31 procesados por cohecho, blanqueo y falsedad en Estepona

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El Tribunal que ha enjuiciado el caso 'Astapa', contra la supuesta corrupción política y urbanística en Estepona (Málaga), ha condenado a 15 acusados, entre ellos el exalcalde Antonio Barrientos, en este caso por un delito de cohecho pasivo a una pena de suspensión de empleo o cargo público durante cinco meses y siete días y multa de 40.000 euros. Un total de 31 procesados han sido absueltos.

Barrientos ya ha anunciado en declaraciones a los periodistas que recurrirá la sentencia, que tiene más de 3.000 folios, aunque sus letrados tendrán que analizarla; mientras que la Fiscalía, igualmente, estudiará la resolución y en los próximos días decidirá si la recurre o no, han asegurado a Europa Press.

Los acusados y sus letrados defensores fueron convocados para este viernes para la lectura del fallo de la sentencia de este caso, cuya investigación se inició en 2007, aunque el juicio comenzó 16 años después. Fueron casi 50 acusados los que llegaron al inicio del juicio, entre ellos exresponsables municipales entonces del PSOE y del Partido de Estepona (PES); así como empresarios y funcionarios.

Además del exalcalde, han sido condenados otros 14 acusados, a los que se les han impuesto penas de multa, inhabilitación o suspensión de empleo y cargo público y en tres casos pocos meses de prisión; mientras que otros 31 procesados han sido absueltos, en algunos casos por prescripción de los delitos por los que eran acusados.

En cuanto a las personas absueltas, a nueve se les exime de responsabilidad penal porque el fiscal retiró la acusación; mientras que otras 15 lo han sido con todos los pronunciamientos favorables y siete procesados al considerar la Sala que están prescritos los delitos por los que fueron acusados. En muchos casos son empresarios.

En cuanto a las condenas, son sobre todo por cohecho, pasivo o activo; aunque también por blanqueo y falsedad. A los exconcejales Manuel Reina y José Ignacio Crespo de Luca --que admitieron hechos por escrito en la fase de juicio oral-- se les imponen penas de seis meses de prisión y a un exempleado municipal, cinco meses de cárcel. También hay otros procesados con penas de prisión que se sustituye por multa.

El resto de condenas son de multa o de inhabilitación o suspensión de empleo o cargo público durante meses. Este es el caso del exalcalde esteponero, para el que el fiscal pedía dos años de cárcel y quien, tras conocer el fallo, ha considerado que "ha quedado patente que el caso ha sido una auténtica aberración".

"Me habían condenado al paredón y después de todo lo habido, alguna colleja le tenían que dar al alcalde", ha apostillado Barrientos en declaraciones a los periodistas a la salida de la Ciudad de la Justicia.

Ha dicho que "estaría contento si hubiera salido totalmente absuelto", pero ha considerado que el caso ha sido "una atrocidad" y que "ha quedado patente que el Ayuntamiento siempre actuó en defensa de lo público", incidiendo en que "no hay condenas por prevaricación ni por malversación" y en que, en su opinión, ha quedado "claro" todo lo referente a los convenios o disciplina urbanística.

Respecto a su condena, ha indicado que "por un cohecho pasivo que es por recibir algún regalo, que ya veremos, por razón de mi cargo, no por haber hecho una actuación injusta". "La verdad es que tendríamos que hacérnoslo mirar porque 17 años para esto es una verdadera infamia", ha lamentado, incidiendo en que su actuación "siempre fue impecable" y fue "un alcalde honesto".

La vista oral comenzó el 9 de enero de 2023 con el trámite de cuestiones previas, tras lo que la Sala anuló las escuchas telefónicas. El juicio se estructuró por bloques para facilitar su celebración, aunque la complejidad de esta causa hizo que las sesiones se prolongaran durante un año y medio.

La Sala ha aplicado el Código Penal vigente en el momento de los hechos --se ha investigado el periodo 2003-2008-- y ha estimado la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas como muy cualificada --que supone la rebaja de la condena en dos grados--, como solicitó el fiscal.

Además, en el fallo se acuerda el decomiso de unos 2,9 millones de euros para el caso del delito de blanqueo por el que han sido condenados tres acusados y no se hace pronunciamiento alguno a las responsabilidades civiles.

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