
Miguel Ángel Gallardo es el actual secretario general del PSOE de Extremadura y el principal contrincante de la popular María Guardiola en las elecciones extremeñas que se celebran este domingo 21 de diciembre. Un candidato rodeado de polémica ya que en mayo del año que viene tiene otra cita, pero esta vez judicial, en la que se sentara en el banquillo de los acusados junto al hermano de Pedro Sánchez por delitos de prevaricación y tráfico de influencias.
De esta manera, Gallardo se ha convertido en el primer candidato en la historia de la democracia española que se presenta estando procesado en una causa judicial y que sin duda será uno de los puntos que los extremeños van a tener en cuenta a la hora de acudir a las urnas. Y es que las consecuencias podrían ser muy negativas, ya que en el caso de ser condenado, podría acabar en la cárcel y tendría que dejar su cargo si llegara a ganar las elecciones.
La Audiencia Provincial de Badajoz ha fijado la celebración del juicio para finales de mayo, tras haberlo retrasado de su fecha original en febrero de 2026 para garantizar que todas las partes puedan participar en el mismo, ya que varios de los abogados están inmersos en otros procesos y les coincidían las fechas. En concreto, será del 28 y 29 de mayo y entre el 1 y 3 de junio.
La presunta creación y adjudicación de una plaza para el hermano de Sánchez
En la instrucción, que fue guiada por la magistrada Beatriz Biedma, instructora del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, se investigó la presunta creación y adjudicación de una plaza en la Diputación de Badajoz en 2017 para el hermano del actual presidente del Gobierno, David Sánchez.

Tras la finalización, la Fiscalía pidió la absolución de todos los imputados y las acusaciones populares (Asociación Hazte Oír, Fundación de Abogados Cristianos, Liberum, Manos Limpias, Iustitia Europa y Vox) pidieron 3 años de prisión para Gallardo por delitos de prevaricación y tráfico de influencias.
Según el escrito de acusación, el actual candidato del PSOE, habría ejercido durante años como presidente de la Diputación de Badajoz, cargo desde el cual facilitó la creación y adjudicación de un puesto de “alta dirección”, coordinador de actividades de los conservatorios pacenses, que acabó recayendo en David Sánchez Pérez-Castejón.
La instructora del caso considera que la plaza fue diseñada “a la carta”, con carácter específico para Sánchez, sin que existiera necesidad previa ni requisito objetivo. Ese presunto favoritismo motivó que Gallardo fuera acusado formalmente, junto a Sánchez y otros cargos, de delitos de prevaricación, tráfico de influencias y nombramiento ilegal.
En el caso de Gallardo su papel habría sido la decisión de “la creación del Puesto de Trabajo que acabó denominándose ‘Coordinador de las Actividades de los Conservatorios’ con el objetivo de que el mismo fuera ocupado por David Sánchez, quien en ese momento carecía de trabajo estable, y a petición, seguramente, de persona o personas de su entorno o relacionadas con el mismo que conocían dicha necesidad”.
Desde su defensa, Gallardo rechaza de forma tajante cualquier irregularidad. Sostiene que en el momento de la creación de la plaza (2017) Sánchez “no era nadie” en el partido, que no había motivo alguno para otorgarle un trato preferente, y califica la decisión de enviarle a juicio como “arbitraria”, basada en rumores o hipótesis, no en pruebas sólidas.
Un aforamiento en “fraude de ley”
Sin embargo, su polémica con el caso no termina ahí. Y es que días antes de que se abriera el juicio oral, Gallardo anunció su intención de incorporarse a la Asamblea de Extremadura como diputado autonómico, renunciando a su cargo como presidente de la Diputación de Badajoz. Esto le habría otorgado un aforamiento que habría evitado que la Audiencia no le juzgara, pero que la jueza consideró que se realizó en “fraude de ley”.
El 21 de mayo de este año la Junta Electoral de Extremadura le entregó la credencial de diputado a Gallardo, otorgándole la condición de aforado desde ese mismo día, según el artículo 15.2 del reglamento de la Asamblea y un día más tarde se dictó auto de apertura de juicio oral.
La decisión fue justificada por el PSOE de Extremadura como una decisión colegiada del partido, argumentando que el aforamiento “no implica inmunidad” y que se trata de una estrategia para reforzar su liderazgo desde el Parlamento. Para la jueza no fue así, ya que en una exposición razonada en junio explicó “que lo relevante en el presente procedimiento no es el momento en el cual se ha adquirido la condición de aforado, sino la forma en que ha tenido lugar y la finalidad buscada con la misma”.
“La anterior maniobra [refiriéndose al aforamiento de Gallardo] sería contraria a lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que “los jueces y juezas, así como los Tribunales rechazarán fundadamente las peticiones, incidentes y excepciones que se formulen con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal”, relató.
Ante todo esto, la jueza concluyó que “el aforamiento repentino del Sr. Gallardo, en opinión de esta instructora y a los fines de la presente Exposición Razonada, no solo atenta contra el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, sino que causará perjuicios a la propia tramitación de la causa, que se será inevitablemente objeto de dilaciones tras la peregrinación de la misma a órganos superiores [El TSJ de Extremadura] para decidir sobre la competencia para conocer de la misma y sobre los recursos que puedan interponerse, afectando dicha circunstancia al resto de partes intervinientes en el procedimiento”.
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