José Ramón López, abogado: “Así es como puedes deducir mucho dinero si eres autónomo o tienes una empresa”

El especialista detalla que esta deducción está regulada en el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aplicable también a la declaración del IRPF

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EL abogado explica como deducir
EL abogado explica como deducir impuestos invirtiendo en cultura (@tu_blog_fiscal)

Muchos autónomos y pequeñas empresas desconocen que pueden recuperar buena parte del dinero que invierten en proyectos culturales. Se trata de una deducción fiscal poco difundida pero completamente legal, prevista en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que permite no solo recuperar el total invertido, sino también obtener un 20% adicional como incentivo. El abogado José Ramón López, conocido en TikTok como @tu_blog_fiscal, explicó cómo aprovechar este beneficio antes de que acabe el año.

“Última vez que explico esto este año. No lo voy a decir más”, advierte López al inicio del vídeo, en el que subraya que tanto autónomos como empresas pueden deducirse lo invertido en cultura. El especialista detalla que esta deducción está regulada en el artículo 39.7 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aplicable también a la declaración del IRPF. En la práctica, significa que quien invierte en un proyecto cultural aprobado por Hacienda puede recuperar la cantidad íntegra y añadir un 20% extra. “Si tú inviertes cinco mil euros antes de que termine el año en un proyecto cultural, luego en tu declaración de la renta vas a recuperar íntegramente esos cinco mil euros y, además, te van a dar un 20% más. Es decir, seis mil en total”, resume López.

El abogado aclara que no se trata de una reducción de los beneficios, sino de una devolución directa en la declaración, una especie de crédito fiscal que Hacienda reembolsa al contribuyente. “No es que reste a tus beneficios. Tú das un beneficio y das el que sea. Luego estos dieciocho mil euros los recuperas íntegramente en la declaración de la renta”, explica.

Para ilustrarlo, López utiliza su propio caso: “Yo en 2024 invertí quince mil euros en un proyecto cultural. Eso significa que me puedo aplicar esos quince mil para recuperarlos y, además, me bonifican con un 20%. El 20% de quince mil son tres mil. Por tanto, me deduzco dieciocho mil euros”. El abogado añade que, si el contribuyente no puede aplicar toda la deducción en el ejercicio actual, el remanente puede trasladarse a los años siguientes. “Si no puedes aplicarlo todo en esta declaración o en este impuesto de sociedades, el resto se queda a cuenta para los siguientes años”, señala, citando los límites establecidos por Hacienda.

Las inversiones deben realizarse antes de que termine el año

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El propósito de este incentivo, insiste López, es fomentar la inversión privada en cultura: “Esto es sencillamente que se quiere fomentar la inversión en cultura para que los autónomos y las empresas le den capital a estos proyectos culturales, y luego sea Hacienda quien realmente lo va a pagar todo, porque te lo devuelven a ti”.

Eso sí, advierte que esta deducción resulta más conveniente para quienes prevén beneficios elevados: “Obviamente, es para autónomos o empresas que sepan que van a tener un beneficio de cuarenta, cincuenta mil euros o superior”. Con la recta final del año en marcha, recuerda que las inversiones deben realizarse antes del 31 de diciembre para que puedan incluirse en la declaración correspondiente al ejercicio 2024.

López finaliza su vídeo con un recordatorio práctico: “Como ya estamos a final de año, ya sabes más o menos el beneficio que vas a tener. Si quieres aplicarlo, tienes que hacerlo antes de que se termine el año. Si no, ya no computa para el 2025”.