Miguel Benito Barrionuevo, abogado: “Siempre tienes derecho a paro sin importar el motivo por el que te hayan despedido”

Aunque el cese se de por un error o incumplimiento, la ley garantiza el acceso a la prestación por desempleo a quienes hayan cotizado al menos 360 días en los últimos seis años

Guardar
El paro registrado en las oficinas de los servicios públicos de empleo bajó en 1.357 personas en julio en relación con el mes anterior (-0,06%) hasta situarse en un total de 2.404.606, según datos publicados este lunes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social (Fuente: Europa Press).

Perder un empleo de manera involuntaria es una situación complicada, pero en España la ley garantiza a los trabajadores el derecho a la prestación por desempleo, conocida popularmente como el paro. Este derecho está diseñado para ofrecer un colchón económico mientras se busca un nuevo empleo y está regulado por criterios claros que determinan quién puede acceder a él y en qué condiciones.

Los requisitos para el acceso al derecho a paro en España resultan de especial interés para quienes se han enfrentado a despidos por distintas circunstancias laborales. Aunque pueda parecer que la causa del cese podría influir negativamente en el acceso a la prestación por desempleo, la normativa española estipula que el elemento determinante radica en la cotización acumulada por el trabajador.

Tal como explicó el abogado Miguel Benito Barrionuevo en su cuenta de TikTok (@empleado_informado), “en España siempre tendrás derecho a paro, sin importar el motivo por el que te hayan despedido, por mucho que hayas metido la pata hasta el fondo.” Según sus declaraciones, la legislación laboral concede la protección económica a quienes han perdido su empleo siempre y cuando se cumpla un requisito central: “El único requisito que debes reunir es haber cotizado como mínimo un año sin haber cobrado el paro.” De este modo, los trabajadores con al menos doce meses cotizados tienen acceso al subsidio por desempleo aunque el despido se deba a errores graves en el desempeño profesional o incumplimientos laborales.

Un hombre sale de una
Un hombre sale de una oficina de empleo en Madrid (Jesús Hellín / Europa Press)

El sistema de prestaciones, administrado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), está diseñado para ofrecer cobertura incluso en casos de despido disciplinario, a excepción de los supuestos de baja voluntaria. Cuando el trabajador deja su empleo por decisión propia, pierde temporalmente el acceso a esta protección. Sin embargo, en cualquier otra modalidad de terminación contractual, la antigüedad cotizada cobra un protagonismo absoluto en la determinación del derecho de acceso a la prestación.

Cómo se calcula el importe y cuánto dura

Para poder solicitar la prestación, es necesario haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. La duración y cuantía de la ayuda dependen directamente del tiempo trabajado y de la base de cotización del trabajador. Así, quienes han trabajado un año completo pueden acceder a unos meses de prestación, mientras que quienes han acumulado hasta dos años de cotización pueden recibir el paro durante un máximo de 24 meses.

El cálculo de la cuantía se realiza sobre la base reguladora del trabajador. Durante los primeros seis meses, se percibe aproximadamente el 70% de esa base, y a partir de entonces la prestación se reduce al 50%. Este sistema permite garantizar un ingreso mínimo mientras se busca una nueva oportunidad laboral. Sin embargo, recibir el paro implica también obligaciones: los beneficiarios deben mantenerse inscritos como demandantes de empleo, participar activamente en la búsqueda de trabajo y, en ocasiones, aceptar cursos de formación o programas de reinserción laboral propuestos por los servicios públicos de empleo.

Qué pasa si no me queda paro

Cuando se agota la prestación contributiva, existen subsidios por desempleo que permiten continuar recibiendo apoyo económico, siempre que se cumplan ciertos requisitos de renta y responsabilidad familiar. Además, el sistema contempla situaciones especiales para trabajadores autónomos, temporales o fijos discontinuos, adaptando las reglas a las particularidades de cada tipo de empleo.