
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a una pena de prisión de dos años por un delito de abuso sexual a menor de 16 años a un hombre acusado de besar y someter a tocamientos a un niño que se dirigía a clases de repaso.
La sentencia, dictada después de que la acusación pública y la defensa del condenado alcanzaran un acuerdo de conformidad, le impone una indemnización de 3.000 euros por los daños morales que sufrió la víctima a consecuencia de los hechos.
El penado no podrá acercase a menos de 500 metros de la víctima, su domicilio o su centro de estudios, ni comunicarse con ella por ningún medio durante dos años. La sentencia suspende la ejecución de la pena de prisión a condición de que el hombre no vuelva a delinquir en el plazo de tres años.
“A ver cuando nos damos unos revolcones”
Los primeros hechos ocurrieron el 18 de noviembre de 2021, cuando el agresor tenía 92 años (actualmente tiene 96) y la víctima tan solo 15. El menor se encontraba en un parque haciendo tiempo para acudir al domicilio de su profesor de repaso, cuando el adulto se acercó a él.
Una vez junto al menor, “le tocó la cabeza, se presentó y le dio la mano”. En la conversación le preguntó “si conocía algún lugar con personas más mayores para hablar” y le dijo que “le haría una chupadita”, lo que generó malestar en el menor.
Cinco días más tarde, sobre las 16:15, el menor acudió de nuevo a la casa de su profesor de repaso y vio al acusado esperándoles en el portal del edificio y este le preguntó “si era el mismo chico de los días anteriores”.
“Con el propósito de satisfacer su ánimo libidinoso, le abrazó y le dio un beso en la mejilla al tiempo que decía: ‘a ver cuando nos damos unos revolcones’ y tocándole sus partes íntimas”, relata el fallo en los hechos probados.
El menor consiguió zafarse y entrar en el portal, pero el agresor le siguió y se introdujo en el ascensor con él. Allí le arrinconó y “con el mismo ánimo”, le agarró fuertemente de sus partes íntimas diciéndole: “vámonos por ahí”.
Cuando llegaron a la quinta planta, el menor logró escapar y entrar en el domicilio de su profesor.
El procedimiento fue entonces incoado en 2021 y se formuló acusación por el Fiscal en septiembre de 2022. Aunque la causa no ha sido compleja, la sentencia explica que “no se ha podido celebrar el juicio hasta ahora”.
El delito de abuso sexual a menor de 16 años
El delito de abuso sexual a menor de 16 años está tipificado en el Código Penal como una de las formas más graves de vulneración de la libertad e indemnidad sexual. Desde la reforma legislativa de 2021, la edad de consentimiento sexual se fija en los 16 años, lo que significa que cualquier contacto sexual con una persona menor de esa edad, aunque sea “consentido”, se considera ilícito. La ley parte de la premisa de que un menor de 16 años carece de la madurez suficiente para prestar un consentimiento válido en este ámbito.
El abuso sexual se diferencia de la agresión sexual en que no necesariamente implica violencia o intimidación, aunque sí puede conllevar tocamientos, actos de carácter sexual o prácticas que atenten contra la integridad de la víctima. Si existe violencia, se hablaría de agresión sexual, con penas más elevadas.
Las sanciones por abuso sexual a menores pueden ir de dos a seis años de prisión, aumentando en casos agravados, como si el autor es familiar, educador o figura de autoridad. El objetivo de esta regulación es proteger de forma estricta a los menores frente a conductas que puedan dañar su desarrollo físico, emocional y psicológico.
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