Una abogada experta en extranjería explica cuáles son los requisitos para dar una residencia a familiares que no son directos

“Si no cumples cualquiera de estos requisitos, te van a denegar ese permiso de residencia”, advierte Cristina López

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Obtener un permiso de residencia en España para familiares que no sean padres, hijos o cónyuges suele ser un proceso rodeado de dudas e incertidumbre. Cristina López, abogada especialista en extranjería, explica a través de su cuenta de TikTok (@clabogadosextranjeria) los pasos y requisitos concretos para que ciudadanos españoles puedan otorgar residencia a la no directa, es decir, primos, tíos o sobrinos.

López se dirige en el vídeo a quienes, tras adquirir la nacionalidad española, se plantean ayudar a un familiar indirecto para que se traslade a vivir legalmente a España. La ley contempla una serie de requisitos concretos. Sin embargo, López advierte sobre la diferencia entre el marco teórico y la práctica administrativa: “Tienes que tener en cuenta que sobre el papel existen una serie de requisitos que se deben de cumplir para poder dar una residencia. Si tienes la ciudadanía española a este familiar extenso, pero en la práctica es un poquito más complejo de obtener una resolución favorable”.

El primer aspecto obligatorio es la ubicación del familiar solicitante de la residencia. “Ese tío, ese primo o ese sobrino al que queremos dar residencia, tiene que encontrarse en su país de origen y no en España”, señala la especialista. Este requisito resulta determinante para iniciar el proceso y evita legalización de estancias irregulares en territorio español mediante la solicitud.

Acreditar dependencia económica o física

El procedimiento exige probar una relación de dependencia, que puede ser de dos tipos: económica o física. En el caso de la dependencia económica, la persona interesada debe aportar pruebas claras de que el familiar en cuestión depende exclusivamente de su apoyo financiero. “La dependencia económica la vamos a demostrar con envíos de dinero, es decir, demostrar que ese familiar que se encuentra en su país de origen y que no es un familiar directo, depende económicamente de nosotros, además de que no tiene ningún tipo de apoyo familiar en el país de origen”, aclara López. La abogada subraya que no solo se trata de enviar dinero, sino de demostrar que el familiar no tiene más recursos ni otros familiares que puedan atenderlo, ni tampoco constituye una unidad familiar propia (pareja o hijos) que le provea recursos.

España tiene un nuevo reglamento de extranjería con el que prevé regularizar a 300.000 migrantes al año: estos son los cambios en el arraigo, visados y asilo.

Sobre la independencia económica del solicitante, López añade otros requisitos: “No tiene ningún tipo de otro familiar que le preste esa dependencia económica y además que no tiene una unidad familiar propia, es decir, que no tiene una mujer que no tiene unos hijos que le puedan proveer de recursos económicos, por supuesto que no trabajan y que tampoco tiene ninguna propiedad a su nombre, sino que exclusivamente depende del ciudadano español”.

En cuanto a la dependencia física, adquiere relevancia la situación de salud del familiar. En palabras de López: “La dependencia física se basa en que ese hermano, ese primo, ese tío o ese sobrino presenta alguna discapacidad, algún problema de salud grave que necesita los cuidados y la atención de ese ciudadano español en España y que por supuesto no tiene más apoyo en su país de origen que le pueda prestar esos cuidados”.

Demandas estrictas y recomendación profesional

El procedimiento administrativo contempla denegaciones en caso de no cumplir los requisitos al detalle. López es categórica: “Si cumples con esas características, por supuesto le puedes dar una residencia a este hermano, este primo, a este tío, a este sobrino, pero si no cumples cualquiera de estos requisitos te van a denegar ese permiso de residencia”.

Por ello, la abogada recomienda analizar otras posibilidades legales cuando no se alcancen los requisitos para este tipo de permiso. “Yo lo que aconsejo es que si es en el caso de que no cumplís con los requisitos, buscar otra alternativa más sencilla que se ajuste más a la situación individual de este familiar para que pueda venir a España de manera legal”.