
La Audiencia de Pontevedra ha dictado una de las sentencias penales más severas de este año al condenar a 22 años de prisión a un hombre acusado de provocar el incendio de dos autobuses urbanos en Vigo mientras circulaban con pasajeros a bordo en abril de 2023.
La resolución también alcanza a su compañera sentimental, conductora de la empresa Vitrasa, concesionaria del transporte público local, a quien se le impuso una pena de quince años de cárcel por su implicación en uno de los ataques. Además de las penas de privación de libertad, ambos deberán afrontar una indemnización conjunta superior a 309.000 euros a favor de la aseguradora del vehículo afectado, así como el pago de más de 69.000 euros a la empresa de transporte.
Peligro para los pasajeros
La resolución judicial considera que las acciones de ambos acusados pusieron en grave peligro la integridad y la vida de los pasajeros y los trabajadores del transporte público. Los hechos, ampliamente seguidos en Vigo por el impacto causado en la ciudadanía, detallan un doble ataque planificado y ejecutado en apenas una hora de diferencia. Los magistrados apuntan que las pruebas presentadas demostraron la plena conciencia y voluntad de causar daño, así como la existencia de una premeditación que añade gravedad al caso.

El primer suceso tuvo lugar la noche del 30 de abril de 2023, cuando el procesado, viajando como pasajero, perpetró el ataque en un autobús que transitaba la calle Tomás Alonso con nueve personas a bordo. Los jueces explican que el hombre, actuando de manera deliberada y despreocupada frente al riesgo que generaba su conducta, empleó un artefacto incendiario fabricado artesanalmente con una bolsa, material combustible y gasolina. Tras encenderlo y colocarlo bajo un asiento, el acusado consiguió huir durante la confusión desencadenada por el fuego y los gritos de alarma.
La reacción inmediata por parte del conductor fue clave para evitar un desenlace más grave. Al frenar bruscamente y activar la apertura de puertas, el empleado logró evacuar a los pasajeros y, valiéndose del extintor, contuvo la propagación de las llamas. Así se limitó el alcance de los daños materiales y se evitó poner en peligro directo a los ocupantes del vehículo. Las autoridades destacaron la sangre fría y eficacia de la intervención, que permitió mitigar las consecuencias de la acción criminal antes de la llegada de los servicios de emergencia.
Segundo incendio en autobús híbrido
Poco después, los hechos se trasladaron a la céntrica calle Urzáiz con Colón, donde el acusado abordó un segundo autobús. En esta ocasión, la conducción estaba a cargo de su pareja, quien, según la sentencia y tras haber pactado previamente con él, asumió los riesgos derivados del posible incendio para sí misma y para la única pasajera a bordo. Cuando el vehículo se aproximaba a la parada, el acusado recurrió al mismo método empleado previamente: prendió fuego a otro artefacto casero antes de descender de inmediato del autobús, dando la voz de alarma.
Tanto la usuaria como la conductora lograron abandonar el vehículo y alejarse de las llamas, mientras el segundo autobús ardió por completo. La naturaleza híbrida de ese modelo complicó gravemente las tareas de extinción por la virulencia con que prendieron las baterías eléctricas situadas a bordo. Solo la rápida actuación de una patrulla de la Policía Nacional, que acordonó la zona y adoptó todas las precauciones necesarias, evitó daños entre los viandantes.
El tribunal ha resaltado que este segundo ataque entrañó un riesgo aún mayor para las personas y bienes, y valora la colaboración consciente de la conductora en los planes, lo que se traduce en una condena individual particularmente elevada. La sentencia impuesta por la Audiencia de Pontevedra no es definitiva, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, pero sienta un precedente sobre la gravedad de los actos.
*Noticia elaborada con información de EFE
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