
La Guardia Civil ha desarrollado la operación ALXARAF AZGLA procediendo a la detención de dos personas y la investigación de otras dos implicados en la comisión de varios hechos delictivos entre ellos contra el patrimonio ejerciendo para ello una extrema violencia e intimidación.
Durante el desarrollo de la investigación se obtuvo información de la extrema violencia ejercida por los miembros del grupo en los asaltos llegando a intimidar y amenazar a los trabajadores de las estaciones de servicio con armas de fuego. Por el cual los investigadores intensificaron las averiguaciones sobre la posible identidad de los presuntos autores pudiendo ubicarlos en un barrio de Sevilla capital.
Un dispositivo de vigilancia permanente
Como consecuencia de esta información, se estableció un dispositivo de vigilancia permanente sobre uno de los principales sospechosos contando con la colaboración de Policía Nacional y Policía Local de Sevilla.
El dispositivo dio sus frutos de manera inmediata llegando a tener la plena identificación de todos los integrantes del grupo, procediendo a la detención del líder tras verse involucrado en un accidente de circulación al percatarse de la presencia policial. Esta detención propició la rápida actuación de los investigadores procediendo a la desarticulación de la totalidad del grupo.
La investigación actualmente continúa abierta, y no se descartan nuevas actuaciones, saldándose hasta el momento con la detención de dos personas y la investigación de otras dos, siendo puestas junto con las diligencias a disposición de la Autoridad Judicial competente, quien ha decretado el ingreso en prisión del líder del grupo, siéndoles imputados la comisión de Delitos de robo con violencia e intimidación, y Delitos de apropiación indebida de vehículos, uno de los cuales ha sido recuperado en Sevilla capital.
El delito de robo con violencia
El delito de robo con violencia es una de las formas más graves de apoderamiento ilícito de bienes ajenos, al implicar no solo la apropiación indebida de un objeto, sino también el uso de la fuerza o la intimidación contra las personas. Según el artículo 237 del Código Penal español, este delito se comete cuando una persona, con ánimo de lucro, se apodera de una cosa mueble ajena utilizando violencia física o amenazas sobre otra persona, ya sea en el momento de ejecutar el robo, durante la huida o contra quienes intenten auxiliar a la víctima o perseguir al autor.
Esta forma de robo se distingue del hurto, donde no hay violencia ni fuerza, y del robo con fuerza en las cosas, donde se atenta contra objetos o estructuras, como una puerta o una cerradura. En el robo con violencia, el ataque se dirige directamente contra personas, lo que justifica una mayor severidad en las penas.
El bien protegido por este tipo penal es el derecho de propiedad, pero también se pone en juego la integridad física y psíquica de las víctimas. La ley exige que el delito se cometa de forma dolosa, es decir, con conocimiento y voluntad, y con ánimo de lucro. No se admite su comisión por imprudencia. Además, para que exista el delito, debe consumarse el apoderamiento del objeto, aunque también se castiga la tentativa.
El Código Penal prevé penas de entre dos y cinco años de prisión, que pueden agravarse si se usan armas o si el hecho ocurre en lugares habitados o abiertos al público. Si la violencia o intimidación es de escasa entidad, el juez puede imponer una pena inferior, aunque esto queda a su discreción y depende de las circunstancias del caso.
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