La Justicia confirma la condena a dos policías por detener ilegalmente y agredir a un joven en Melilla

El tribunal ratifica las penas de inhabilitación, prisión y multa tras rechazar el recurso de los agentes y avalar el testimonio de los testigos que presenciaron la agresión

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Agente de la Policía Nacional
Agente de la Policía Nacional

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha confirmado la condena impuesta a dos agentes de la Policía Nacional por la detención ilegal de un joven en Melilla, al que uno de ellos agredió en varias ocasiones, según recoge un auto al que ha tenido acceso la agencia EFE. Los hechos, que tuvieron lugar en la madrugada del 30 de mayo de 2021, ya habían sido juzgados por la Audiencia Provincial, que dictó una sentencia condenatoria posteriormente recurrida por los acusados.

Los magistrados del TSJA han desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por los policías, en el que solicitaban la repetición del juicio por el delito de detención ilegal, alegando que la víctima actuó de forma agresiva. No obstante, el tribunal ha respaldado los hechos probados recogidos por la Audiencia Provincial y ha dado credibilidad a los testigos presenciales que desmintieron la versión de los agentes.

Una intervención “desproporcionada”

Un agente de la Policía
Un agente de la Policía Nacional

La madrugada en cuestión, hacia la 1.30 horas, la Policía Nacional fue enviada a la zona del Mantelete por una pelea entre varias personas. Al llegar, los agentes J.P.G.J. y A.V.F. encontraron a M.I.Z., un joven que trabajaba en un bar de la zona y que en ese momento estaba recogiendo el local. Al verle con la camiseta manchada de sangre —debido a que había intervenido minutos antes para separar a dos personas que se peleaban—, los policías le ordenaron que se sentara en el suelo, creyendo que había participado en el altercado.

Según consta en la sentencia, el joven trató de explicar que no tenía relación con la pelea, momento en el que uno de los agentes le arrebató el teléfono móvil, presumiendo que podía estar grabando, y le dio una bofetada “con la mano de revés en la cara”. A continuación, el otro agente lo agarró por el cuello y, junto a su compañero, lo condujo a la fuerza hasta el furgón policial.

Una vez en el interior del vehículo, y “a sabiendas de que no había cometido delito alguno”, ambos agentes procedieron a su detención engrilletándolo. Antes de ser trasladado a comisaría, uno de los policías le propinó tres puñetazos en el rostro. Ya en dependencias policiales, el otro agente le dio tres bofetadas más. Las lesiones causadas al joven tardaron 17 días en curar.

Condenas ratificadas y testigos clave

La Audiencia Provincial condenó a ambos policías por un delito de detención ilegal a ocho años de inhabilitación absoluta, además de una multa de cinco meses a razón de 10 euros diarios. A mayores, J.P.G.J. fue condenado por un delito leve de maltrato de obra, con dos meses de multa y una indemnización de 3.000 euros, mientras que A.V.F. recibió una pena de seis meses de prisión por un delito de lesiones, junto al pago de 610 euros de indemnización. Ambos fueron absueltos de los delitos de prevaricación ilegal y amenazas.

Vídeo de la Policía Nacional persiguiendo a los presuntos asesinos del hermano de Begoña Villacís.

En su recurso, los agentes sostenían que M.I.Z. había reaccionado de manera violenta, lo que justificaría su actuación. Sin embargo, el tribunal ha considerado más verosímil la versión de los testigos. En particular, el encargado del bar, que oyó “un fuerte tortazo”, y otro testigo que, según recoge EFE, vio “un puñetazo en el rostro” del joven a través de una ventanilla del furgón policial. Ninguno de ellos observó una actitud agresiva por parte del joven.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días desde su notificación.