
El juez Juan Carlos Peinado, instructor del Juzgado número 41 de Madrid, se ha convertido en un nombre muy conocido y no ajeno a las polémicas. Tras la interminable investigación que está llevando a cabo contra la mujer de Pedro Sánchez, Begoña Gómez, esta vez ha sido noticia por un “error” con los tiempos procesales que ha cometido en la instrucción que investigaba a uno de los hombres fuertes del Gobierno de Almeida, Alfonso Sánchez Vicente, director de la EMT y que ha obligado a terminarla antes de tiempo.
Para entender lo ocurrido, hay que remontarse al inicio de la investigación. Tras una denuncia presentada por Podemos, el instructor lleva desde enero de 2024 investigando a Sánchez Vicente por presunta malversación en relación con un evento sobre movilidad sostenible del medio Okdiario.
Una adjudicación “a dedo” de 72.600 euros
Según la denuncia, el encargo se habría hecho “a dedo”, con una adjudicación de 72.600 euros, lo que supuso cuatro veces más de lo que la EMT había pagado un mes antes a otra empresa por un acto con características parecidas.
El evento se llevó a cabo el 27 de diciembre de 2022, fue inaugurado por el alcalde de la capital, José Luis Martínez-Almeida y en él participaron, entre otros, el delegado de Medio Ambiente, Borja Carabante, el director de Ok Diario, Eduardo Inda, y el gerente de la EMT, Sánchez Vicente. Aunque el tema principal era la movilidad, según denuncia Rita Maestre, portavoz de Más Madrid, se usó como altavoz para criticar a su partido y defender la gestión del Ayuntamiento madrileño.
“Imagínense lo que sería esta ciudad con Rita Maestre de alcaldesa. Yo me encomiendo desde aquí para que no haya cambio de gobierno en Madrid y yo deseo que el alcalde sea cuatro años más nuestro primer edil. Es decir, que me congratula que al menos en el gran partido de la derecha de este país haya gente de primer nivel y siga habiendo gente de primer nivel”, fue una de las intervenciones que realizó Inda.
Segunda solicitud de prórroga
Con la denuncia comenzó así la investigación que cayó en manos de Peinado y a la que más tarde se sumó Más Madrid como acusación. Tras los primeros seis meses, el propio juez acordó una prórroga de medio año el 27 de julio de 2024, finalizando el 27 de enero de este año.
Días antes de que terminara esta prórroga (en concreto el 19 de enero), Más Madrid presentó una petición para que se ampliara otros seis meses, entendiendo que todavía quedaban pasos que dar en la instrucción. En el mismo escrito, al que ha tenido acceso Infobae España, solicitaban la inclusión de varias pruebas, como la solicitud de informes a la UDEF, la AIReF y la Junta Consultiva de Contratación Pública.
Lo pidieron ocho días antes del plazo legal, sin embargo, Peinado se tomó su tiempo y no respondió hasta el 2 de abril. Desde la EMT y la editora de Okdiario no desaprovecharon esta ‘confusión’ con los plazos, y presentaron un recurso en la Audiencia Provincial de Madrid, que ahora ha sido estimado por este tribunal y deja sin efecto esta última prórroga.
“Debió tomarse esa decisión antes del 27 de enero de 2025″
La legislación española es clara al respecto y explica que “las prórrogas solo son válidas si se acuerdan antes de la finalización del plazo que esté vigente. Si el plazo ha transcurrido, ya no cabe prórroga alguna” y que “una vez finalizado el plazo máximo de instrucción no pueden acordarse nuevas diligencias; sin embargo, son válidas las acordadas con anterioridad, aunque se reciban o practiquen fuera de plazo”.
A raíz de estas conclusiones, la Audiencia Provincial explica en su auto, al que ha tenido acceso Infobae España, la prórroga no es posible “porque debió tomarse esa decisión antes del 27 de enero de 2025″. Esto implica que “no son válidas las posibles diligencias que se acuerden a partir de esta fecha, por mucha relación y utilidad que tengan para la investigación de los hechos”.
Esto deja sin efecto todas las diligencias solicitadas tras esa fecha y la pelota en el tejado del juez instructor que debe decidir si archivar la causa o procesar al investigado. Sin embargo, en el caso de seguir el camino del procesamiento, según explica la propia Rita Maestre, sería con “una instrucción incompleta y poco sólida, sin todas las diligencias deseables practicadas, porque el instructor no ha hecho su trabajo”.
“Medida cautelar de suspensión provisional por seis meses”
“Las casualidades y los errores existen, pero a veces son especialmente elocuentes, sobre todo cuando vienen de un juez que pretende ser una estrella implacable contra la corrupción cuando despliega una instrucción espectacular contra la mujer del presidente del Gobierno (a quien no sabemos todavía por qué investiga), pero luego se le pasan los plazos para investigar la posible corrupción de un alcalde del PP”, denunció la portavoz de Más Madrid.
Maestre indicó también que “este comportamiento no puede quedar impune” y por eso desde el partido madrileño presentaron una “queja formal al Consejo General del Poder Judicial para que abra expediente al juez Peinado e investigue la posible comisión de varias faltas muy graves, como son la desatención o retraso injustificado en la tramitación de una causa o la ignorancia inexcusable en el cumplimiento de deberes judiciales, según el artículo 147 de la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
En este escrito presentado ante el CGPJ solicitan “la adopción de la medida cautelar de suspensión provisional por seis meses” contra Peinado en base al artículo 424.1 de la LOPJ que explica lo siguiente:
“La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, por propia iniciativa, oído el instructor delegado o a propuesta de éste, previa audiencia del juez o magistrado contra el que se dirija el expediente y del Ministerio Fiscal, en un plazo común no superior a cinco días, podrá acordar cautelarmente la suspensión provisional del expedientado por un período máximo de seis meses, cuando aparezcan indicios racionales de la comisión de una falta muy grave”.
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