“No es mi voz”: ¿podrían Ábalos y Santos Cerdán blindarse con la inteligencia artificial para impugnar los audios que les señalan por corrupción?

En su declaración del pasado 23 de junio ante el Supremo, el exministro de Transportes aseguró que no se reconoce en las grabaciones incluidas en el informe de la UCO

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Imagen de Jose Luis Ábalos,
Imagen de Jose Luis Ábalos, a la izquierda, y Santos Cerdán a la derecha. (Montaje: Infobae España)

El uso de grabaciones de voz como prueba judicial ha marcado algunos de los mayores escándalos de corrupción en España. Desde el caso Villarejo a la trama Gürtel, tanto el Tribunal Supremo como la Audiencia Nacional validaron en su momento estos audios como prueba. El caso Koldo y la supuesta trama de mordidas que involucra al exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, al exministro de Transportes José Luis Ábalos y a Koldo García, quien fue el asesor de este último, tiene como pruebas numerosas grabaciones entre los tres, grabadas por el propio Koldo. Su filtración en el informe de la UCO el pasado 12 de febrero ha hecho temblar al Gobierno de Pedro Sánchez.

Pese a la existencia de los audios, a los que ha tenido acceso este medio, durante su declaración ante el Tribunal Supremo, el pasado 23 de junio, Ábalos sugirió que los audios podrían haber sido manipulados. Alegó que no era su voz la que se escuchaba y que no se “reconocía”: “No sé si están tratadas, señoría”, declaró ante el fiscal Alejandro Luzón, cuyas declaraciones ha tenido acceso Infobae España. Días después, el 30 de junio, Santos Cerdán cuestionó también los audios presentados por la Guardia Civil. “Lo que sí le aseguro con total rotundidad, es que lo que la Guardia Civil llega a asegurar y a transcribir en el informe es completamente incierto”, declaró en el Supremo.

Dos vías para impugnar

La estrategia de ambos se basa en impugnar la autenticidad de las grabaciones, una posibilidad que el ordenamiento jurídico contempla cuando existen indicios razonables de manipulación. Según el experto José María Anguiano, abogado y CEO de Burovoz, los acusados pueden seguir dos vías: negar que la conversación existiera o sostener que fue alterada. En el contexto tecnológico actual, el primer camino —alegar que la voz es sintética— es cada vez más plausible.

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha asegurado este lunes ante el Tribunal Supremo que no se reconoce en las grabaciones que su exasesor Koldo García realizó entre 2019 y 2023. (Fuente: EUROPAPRESS)

Los avances en inteligencia artificial permiten crear voces falsas entrenadas con fragmentos de locuciones reales, capaces de reproducir el timbre, el ritmo y las inflexiones de una persona con notable precisión. Ante esta posibilidad, las defensas podrían solicitar un análisis forense, algo que Santos Cerdán ya ha solicitado, para detectar patrones sintéticos en la señal de audio. Según los especialistas, aún es técnicamente posible identificar este tipo de voces generadas por IA.

Pese a todo, la jurisprudencia vigente respalda el valor probatorio de las grabaciones entre particulares. El Tribunal Supremo, en sentencias como la del conocido “caso del Padre Coraje”, ha reiterado que si uno de los interlocutores graba la conversación, la prueba es válida. Tampoco es necesario avisar a los demás participantes, según doctrina consolidada desde 1984. Solo se considera ilegítima cuando se vulneran derechos fundamentales como la intimidad o cuando hay una posición de superioridad institucional que condiciona al interlocutor.

La clave del debate actual radica en la condición unilateral de la prueba. Quien graba —en este caso, Koldo García— tiene el control exclusivo del audio, lo que abre la puerta a que la parte perjudicada cuestione su integridad. Como detalla el experto, existen mecanismos técnicos que refuerzan la validez de las grabaciones:

  1. Hash o huella digital: es un código único que se genera a partir del archivo de audio. Si alguien modifica el archivo, el código cambia, lo que permite detectar alteraciones.
  2. Cifrado: asegura que nadie pueda acceder a la grabación, salvo quien tenga los permisos.
  3. Blockchain: se puede registrar el hash en una cadena de bloques pública. Esto garantiza que el audio fue grabado en una fecha concreta y que no ha sido alterado después.

Por ello, el abogado señala que si las grabaciones no cuentan con estos mecanismos técnicos, son más fáciles de impugnar porque no hay forma de probar que no fueron modificadas.