
Presentar la baja voluntaria en una empresa no significa renunciar a todos tus derechos laborales. Aunque muchas personas creen que al irse por voluntad propia no les corresponde nada, lo cierto es que sí tienen derecho a recibir el finiquito, tal como establece el Estatuto de los Trabajadores. Eso sí, este pago no debe confundirse con una indemnización por despido ni da derecho, en general, a cobrar el paro.
¿Qué es el finiquito y qué incluye?
El finiquito es la cantidad de dinero que la empresa debe abonar al trabajador cuando se extingue su contrato, independientemente de la causa de finalización: despido, final de contrato o baja voluntaria. En él se incluyen todos los importes que la empresa todavía le debe al empleado.
En el caso de una baja voluntaria, el finiquito debe incluir:
- El salario correspondiente a los días trabajados ese mes.
- La parte proporcional de las pagas extra, si no están prorrateadas en la nómina.
- Los días de vacaciones generados y no disfrutados.
- Cualquier otro concepto pendiente de cobro, como horas extra, pluses, dietas o complementos.
Aunque el trabajador se marche de forma voluntaria, la empresa está obligada a calcular y abonar esta liquidación.
¿Cuándo se cobra y qué pasa con el preaviso?
Al presentar una baja voluntaria, el trabajador debe comunicarlo con el preaviso mínimo que establezca su convenio colectivo. Lo habitual son 15 días naturales, aunque puede variar. Si el trabajador no respeta ese plazo, la empresa puede descontar del finiquito el importe correspondiente a los días de preaviso no cumplidos.
El finiquito debe entregarse el mismo día en que finaliza la relación laboral o, como muy tarde, en los días siguientes. Es recomendable que el trabajador revise con cuidado el documento antes de firmarlo y, si no está conforme con los importes, añadir la frase “no conforme” junto a su firma.
Pasos a seguir para poder cobrar el finiquito
Para dejar la empresa de forma correcta y asegurarse de cobrar el finiquito, el trabajador debe:
- Comunicar su decisión por escrito, indicando la fecha de salida y respetando el preaviso.
- Solicitar el finiquito, que debe incluir todos los conceptos pendientes.
- Revisar el documento con detalle antes de firmarlo y guardar una copia.
- Si la empresa no paga, reclamar por vía judicial o ante la Inspección de Trabajo.
¿Hay derecho a indemnización o a cobrar el paro?
No. La indemnización por despido solo se abona cuando es la empresa la que decide romper el contrato por causas objetivas, disciplinarias o económicas. Si es el trabajador quien presenta la baja voluntaria, no tiene derecho a indemnización.
Tampoco podrá cobrar la prestación por desempleo, salvo en casos muy excepcionales, como:
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo: cuando la empresa cambia unilateralmente aspectos esenciales del contrato (como horario, salario, funciones o turnos), afectando gravemente tu situación laboral, puedes rescindir el contrato y acceder al paro
- Movilidad geográfica forzosa: si te obligan a cambiar de centro de trabajo y supone cambiar de residencia o un desplazamiento excesivo sin previo aviso (al menos 30 días), esa baja voluntaria se considera legal y da derecho al desempleo.
- Impago o retraso continuados de nóminas: cuando pierdes dinero de tu salario de forma repetida o la empresa incumple sus obligaciones económicas, puedes resolver el contrato y solicitar el paro, normalmente tras acciones legales o judiciales.
- Violencia de género: las mujeres víctimas de violencia pueden dejar su trabajo y acceder al paro inmediatamente si demuestra que su baja está motivada por su seguridad.
Si decides irte de la empresa por voluntad propia, tienes derecho a recibir el finiquito con todo lo que se te haya generado hasta el último día de trabajo. No incluye indemnización ni da acceso al paro, pero sí supone un ingreso importante que no debes dejar pasar por alto.
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