
La jueza Beatriz Biedma, encargada del caso que involucra al presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, ha respondido a la solicitud de la defensa de trasladar la competencia del caso al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx).
La defensa de Gallardo argumenta que, debido a su condición de aforado como diputado de la Asamblea regional, el caso debería ser asumido por el TSJEx. Sin embargo, la jueza ha aclarado que no procede la inhibición solicitada, sino que corresponde elevar una exposición razonada para que el TSJEx determine su competencia.
El abogado de Gallardo presentó un escrito en el que se argumenta que, tras la acreditación oficial de Gallardo como diputado electo el 21 de mayo de 2025, este goza de las prerrogativas propias de su cargo, entre ellas el aforamiento ante el TSJEx.
Según el escrito, “no corresponde a este Juzgado de Instrucción resolver sobre la apertura del juicio oral ni sobre ninguna cuestión que se pueda suscitar desde este momento”. La defensa sostiene que la competencia del Tribunal Superior se extiende a la decisión sobre inculpación, prisión, procesamiento y juicio.
Irregularidades en la contratación del hermano de Sánchez
El caso en cuestión se centra en presuntas irregularidades en la contratación del hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una empresa vinculada a la Diputación de Badajoz.
La defensa de Gallardo insiste en que, dado que los hechos investigados se imputan conjuntamente a varios investigados, la competencia del TSJ debería abarcar no solo a Gallardo, sino a todos los imputados en el procedimiento.
El abogado argumenta que “no es posible escindir los hechos que se atribuyen a los investigados”, lo que legitima la “posibilidad de atraer la competencia respecto de hechos ejecutados por personas no aforadas ante la misma”.
Respuesta de la jueza
La jueza Biedma, en su providencia, ha citado el artículo 52 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que impide suscitar cuestiones de competencia entre tribunales subordinados. Además, ha solicitado a la Asamblea de Extremadura, a través de su Letrado Mayor y Secretario General, que certifique oficialmente la condición de diputado de Gallardo y desde qué fecha.
También ha requerido a la Junta Electoral de Extremadura toda la documentación relativa a su designación, ya que Gallardo fue nombrado diputado tras la renuncia de otra parlamentaria, María de la Cruz Rodríguez Vegazo. La defensa sostiene que el aforamiento debe aplicar desde el momento en que fue formalmente acreditado como parlamentario.
No obstante, la jueza insiste en la necesidad de seguir el trámite establecido para que el TSJEx determine su jurisdicción. Este desenlace determinará si el proceso judicial seguirá en el Juzgado de Instrucción número 3 o será asumido por el Tribunal Superior, que tiene atribuciones especiales para juzgar a aforados en Extremadura.
La jueza ha dejado claro que las inhibiciones reguladas en el artículo 25 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal “únicamente se aplican entre Juzgados de Instrucción” y no entre un juzgado ordinario y el Tribunal Superior, que es un órgano superior. Ahora, la atención se centra en la respuesta del TSJEx y en cómo se desarrollará el proceso judicial en las próximas semanas.
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