
Este lunes aparecía frente al Congreso una lona en la que se podía ver una imagen alterada con Inteligencia Artificial de Pedro Sánchez y la palabra “corrupto”, con varias carpetas con los casos judiciales donde se investiga a personas cercanas al Presidente del Gobierno.
Este cartel fue colgado sobre las 11:00 de ese día en la fachada de un edificio a escasos metros y detrás de esta acción no estaban otros que la asociación Hazte Oír, que está personada como acusación popular en la mayoría de los casos citados.
La organización explicaba en una nota de prensa que con este mensaje volvían a poner el foco “donde más incomoda a Pedro Sánchez y al PSOE” y que esta vez lo hacían en el lugar “más apropiado: el Congreso de los Diputados”.
Según su mensaje, la lona iba a permanecer expuesta “durante todo el mes como un grito de denuncia pública frente a la creciente indignación ciudadana por los escándalos que salpican e involucran a figuras clave del círculo cercano del presidente”. Sin embargo, sus previsiones no se han cumplido y el cartel ha durado poco más de doce horas colgado.
Dos denuncias contra la lona
Ese mismo día, el PSOE ya tomaba acciones y presentaba una denuncia por un presunto delito de injurias y calumnias, pidiendo que se investigue a los autores y responsables de la colocación de la lona, según informaba EFE.
A esta se sumaba otra denuncia por parte de la comunidad de vecinos en la que fue colocado el cartel. Explicaban que el edificio se están realizando obras y acordaron alquilar ese espacio, pero en “ningún momento se les comunicó que se emplearía para este tipo de propósitos”. Destacaban en el escrito presentado ante la Policía que “el uso que se ha dado al espacio no se ajusta a las condiciones pactadas en el contrato”.
Las denuncias tuvieron su efecto, y antes de las 23:00 del lunes los bomberos se presentaron en el lugar para quitar la lona. Estuvieron hasta las 01:45 y la retirada se llevó a cabo a instancia de la Policía Nacional y previo acto judicial.

Delito de injurias y calumnias
Y es que esa misma mañana el Juzgado número 9 de Madrid dictaba un auto en tiempo récord en respuesta a la denuncia del PSOE. En el escrito relatan que Begoña Nassarre Oliva, en calidad de portavoz adjunta del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, se presentó ante la Comisaría de Policía del Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas para denunciar la lona.
La Brigada Provincial de Policía de Madrid solicitó autorización judicial para la retirada de la mencionada lona y se presentó escrito por el Ministerio Fiscal, defendiendo que se acuerde la medida cautelar interesada.
En esta denuncia se manifestaba que los hechos podían constituir un delito de injurias y calumnias contra el presidente del Gobierno, el Partido Socialista Obrero Español y el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados.
Según cita el escrito, el artículo 208 del Código Penal dispone que “es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del articulo 173. Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.”.
Asimismo, el artículo 211 del mismo texto explica que “la calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier medio de eficacia semejante.”
“Un conjunto de carácter claramente lesivo”
“En el caso concreto, el uso de la expresión “Corrupto” en una lona de grandes dimensiones, acompañando a la imagen del presidente del Gobierno, la creación de una página web denominada “elcapo.org” así como la utilización de la nomenclatura bajo la que son conocidos popularmente distintos procedimientos judiciales atribuidos a la jurisdicción penal forman un conjunto de carácter claramente lesivo para la reputación de Pedro Sánchez, que podría suponer un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión susceptible de constituir un ilícito penal“, argumenta el juez.
Añade que “el lugar seleccionado para la instalación de esta lona, enfrente del Congreso de Diputados, logra dar una mayor repercusión al mensaje difundido. La ubicación también refuerza el contenido atentatorio contra el prestigio del sujeto pasivo, en tanto éste el lugar donde ejerce su función de Diputado y es sometido al control de Diputados, siendo un espacio que ha de verse libre de la contienda política, la cual ha de quedar limitada al interior de las Cortes Generales para así proteger el libre ejercicio de la función de los representantes de la voluntad popular”.
“Es por ello que, ante la posible comisión de un delito contra el honor realizado con publicidad, procede acordar la autorización para la retirada de la pancarta instalada el día 19 de mayo de 2025 sobre las 11:00 horas por la empresa “SOPORTES Y MEDIANERAS S.L.”, concluye.
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