Sufre un accidente de tráfico que le provoca secuelas neurológicas y la aseguradora alega que ya las tenía antes para pagarle menos: le indemnizarán con 131.000 euros

La Audiencia Provincial de Palma Mallorca estima parcialmente el recurso de apelación del demandante, incrementando la indemnización en 38.000 más intereses

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A-4, antigua Autovía de Andalucía,
A-4, antigua Autovía de Andalucía, a su paso por Pinto. (Eduardo Parra / Europa Press)

La Audiencia Provincial de Palma Mallorca ha otorgado una indemnización mayor a un hombre que sufrió un accidente de tráfico en 2018, al confirmar que el impacto le generó secuelas neurológicas y otros daños físicos que han deteriorado su calidad de vida. Así, el tribunal estima parcialmente el recurso de apelación presentado por el demandante, que consideró insuficiente la indemnización fijada en una sentencia previa, por lo que en total recibirá 131.000 euros.

La decisión de la Audiencia se basa en una valoración conjunta de las circunstancias del caso, incluyendo los informes periciales contradictorios, la testifical del médico especialista que trata al demandante y la actuación de la aseguradora en relación con los pagos a cuenta.

La aseguradora, Zurich Insurance PLC., había alegado que las secuelas neurológicas del hombre se debían a una enfermedad preexistente, mientras que el demandante aseguró que las sufrió tras el accidente.

Según indica el texto de la sentencia, la entidad había aceptado algunos de los conceptos reclamados, “tales como la indemnización diaria hasta la estabilización de las lesiones el día 20 de julio de 2019; indemnización por intervenciones quirúrgicas; gastos de tratamientos médicos y por transporte; indemnización a la esposa por necesidad de cierre temporal de un bar". Sin embargo, la compañía discrepó en otros como “la secuela de trastornos neurológicos, con su repercusión en el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida; material de osteosíntesis en hombro; artrosis postraumática de rodilla y su repercusión en el perjuicio estético por cojera, además del incremento de los costes de movilidad y los intereses del artículo 20 Ley 50/1980″.

Ahora la Audiencia provincial falla a favor del demandante al confirmar que las secuelas eran postraumáticas, de forma que incrementa las partidas correspondientes a las secuelas funcionales y al perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, por lo que la indemnización total se fija en 38.437 euros, más los intereses legales.

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Retrasos en los pagos

Por otro lado, el tribunal confirma la valoración de la sentencia de primera instancia en cuanto a la artrosis postraumática de rodilla y su repercusión en el perjuicio estético por cojera, considerando más relevante el informe del perito de la aseguradora, que realizó un seguimiento más prolongado del paciente.

La sentencia también aborda la cuestión de los retrasos en los pagos por parte de la aseguradora, concluyendo que no están justificados y que, por tanto, procede la imposición de intereses. Así, la sentencia se ajusta a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de intereses moratorios en el ámbito del seguro de responsabilidad civil.