La Audiencia de Valencia confirma el procesamiento de Mónica Oltra por el encubrimiento de los abusos de su exmarido

El tribunal rechaza la mayoría de recursos y mantiene imputados a una docena de cargos de Igualdad, salvo a una exdirectora territorial cuyo caso ha sido sobreseído

Guardar
La exvicepresidenta, exportavoz y exconsellera
La exvicepresidenta, exportavoz y exconsellera de Igualdad y Políticas, Mónica Oltra (Jorge Gil - Europa Press)

La Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado la mayoría de los recursos interpuestos contra el auto de procesamiento de Mónica Oltra, exvicepresidenta valenciana y titular de Igualdad e Inclusión Social, así como de una docena de integrantes y funcionarios de su departamento, según consta en la resolución.

Dicho auto sitúa a la exdirigente de Compromís a un paso del juicio por el presunto encubrimiento de un caso de abusos sexuales cometido por su exmarido, el educador L. R. Icardi, contra una menor tutelada por la Generalitat, por el que fue condenado a cinco años de prisión. El tribunal sí ha estimado el recurso de Carmen Fenollosa, exdirectora territorial de Igualdad, que queda fuera del procedimiento tras sobreseerse su causa al haber accedido al cargo en diciembre de 2019 y porque “su presunta participación en los hechos se circunscribe al tercer bloque de hechos” que, según resoluciones anteriores, ”se excluye de toda relevancia criminal".

El juez instructor, que inicialmente había archivado el caso en abril por falta de indicios, lo reabrió en junio “por imperativo legal” en cumplimiento de una orden de la Audiencia de Valencia para continuar con la instrucción y volvió a procesar a los implicados. Algunos de ellos recurrieron esa decisión, pero ahora la misma sección cuarta de la Audiencia confirma la desestimación de la mayoría de esos recursos.

El magistrado asumió el criterio del ministerio fiscal, que —aunque respaldaba el archivo inicial de la causa— señaló en su informe que el sobreseimiento solicitado por los investigados constituye “un imposible procesal”, al estar todos ellos señalados “por su participación, mayor o menor, de una u otra manera, en los dos episodios en los que la Audiencia sostiene la existencia de indicios de criminalidad”.

Para el fiscal, no cumplir con la orden de reapertura “situaría al instructor en una posición de rebelde obstinación frente al mandato de quien tiene atribuida legalmente la potestad revisoria de sus decisiones”. El juez hizo suyo ese razonamiento.