Una pareja paga 100.000 euros por dos furgonetas y un inmueble tras acordarlo por WhatsApp: todo era una estafa, el vendedor no tenía nada de lo que ofrecía

El dueño del concesionario que hizo estas ofertas ha sido condenado a dos años de cárcel

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Foto: La PNP brinda recomendaciones
Foto: La PNP brinda recomendaciones a la ciudadanía para evitar caer en este tipo de estafas vía WhatsApp.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a dos años de cárcel y al pago de una multa de 1.440 al dueño de un concesionario de coches por estafar 100.000 euros a un matrimonio al que hizo creer que disponía de dos furgonetas para su venta y que intermediaba en la venta de inmuebles procedentes de embargos.

La Sala, que le ha impuesto el pago de una indemnización de 100.000 euros, considera “evidente” que el acusado “desde el momento inicial tenía la intención de no asumir la contraprestación a la que se obligó, faltando a la verdad, reiteradamente, para mantener a las víctimas en un engaño prolongado a través del tiempo”.

Un anuncio en Internet

La relación entre la pareja y el jefe del confesionario comenzó a través de un anuncio en internet, en el que se interesaron por dos furgonetas Renault Kangoo ofertadas por 9.000 euros. El titular de un concesionario de vehículos usados en Ourense, concretó con ellos los detalles de la operación mediante mensajes de WhatsApp. El pago se efectuó por transferencia bancaria y se emitió la correspondiente factura, pero las furgonetas nunca llegaron. Tras varios meses de excusas, el vendedor devolvió el importe, lo que generó una relación de confianza que resultaría determinante para los hechos posteriores.

En noviembre de ese mismo año, el vendedor volvió a contactar con la pareja y les ofreció de nuevo dos furgonetas, asegurando que esta vez sí las tenía en su poder. Convencidos por la experiencia anterior, las víctimas aceptaron la propuesta y volvieron a transferir 9.000 euros. El vendedor reiteró que todo estaba listo e incluso emitió factura, pero una vez más los vehículos no fueron entregados. Esta vez, no hubo devolución del dinero y a partir de ese punto, el acusado amplió el alcance del engaño.

Inmuebles adjudicados en subastas judiciales

Aprovechando la confianza obtenida, presentó a la pareja una nueva oportunidad de negocio: la compra de inmuebles supuestamente adjudicados en subastas judiciales. Según explicó, actuaba como intermediario en operaciones con propiedades embargadas que se ofrecían a precios muy por debajo del mercado. Les habló de pisos en Mallorca, envió fotografías y localizaciones, y propuso que el pago inicial se completara más adelante con la firma ante notario. En diciembre de 2022, la pareja realizó una nueva transferencia de 20.000 euros.

Durante los meses siguientes, el acusado continuó ofreciendo más supuestas oportunidades inmobiliarias —pisos, bajos, una vivienda en Felanitx e incluso un yate— que reforzaba con imágenes y mensajes detallados. Las operaciones se cerraban por WhatsApp y siempre incluían una promesa de legalidad a través de escrituras notariales. La pareja fue realizando pagos adicionales en enero, febrero y septiembre de 2023. En total, transfirieron 100.000 euros en varias entregas, confiando en que las operaciones se culminarían conforme a lo prometido.

Las sospechas surgieron cuando comenzaron a recibir supuestas confirmaciones de transferencias bancarias que nunca se materializaban. El autor llegó a enviar capturas falsas y mensajes sobre movimientos de dinero que resultaron inexistentes. Solo entonces comprendieron que ninguna de las propiedades ofrecidas existía y que nunca habían estado en disposición del vendedor. La investigación posterior reveló que el acusado no tenía ningún poder de disposición sobre los bienes prometidos ni había iniciado gestiones reales para adquirirlos.

“Ausencia de una explicación satisfactoria”

Los magistrados basan la condena en las declaraciones de los perjudicados, las cuales fueron corroboradas por la documental aportada, acreditativa de las transferencias realizadas, y por los mensajes intercambiados vía telefónica, así como “por la ausencia de una explicación satisfactoria del acusado a tal proceder”. A ello, añaden que no consta que los denunciantes “hayan incurrido en la omisión de las elementales normas de cuidado”.

Se ganaban la confianza de las víctimas y las engañaban simulando tener una relación amorosa para conseguir beneficios económicos (Guardia Civil)

Así, indican que, si bien “algunas de las ofertas realizadas por el acusado pudieran resultar una tanto fantasiosas”, como la de un piso en el paseo marítimo de Palma por 50.000 euros, “lo cierto es que las dudas o reticencias de la pareja eran salvadas mediante la remisión de fotografías y vídeos” y, con la excusa de ser bienes embargados, aseguraba que el precio era muy inferior al de mercado.

La Audiencia Provincial de Ourense afirma que “no se puede exigir, en base a la autotutela, que con carácter previo los compradores accedan al expediente de la subasta para cerciorarse de la realidad o mendacidad de las afirmaciones del acusado”. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el TSXG.