La jueza de Catarroja deniega la personación de la Generalitat en la causa penal de la DANA: “No procede en este momento procesal”

“El responsable civil subsidiario se incorpora el proceso desde que la pretensión civil se dirige contra él, dándosele traslado del escrito de calificación o acusación, o bien antes de dicho trámite”

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El presidente de la Generalitat
El presidente de la Generalitat Valenciana y presidente del PPCV, Carlos Mazón (Rober Solsona - Europa Press)

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la Dana del pasado 29 de octubre, ha denegado la personación de la Generalitat Valenciana en la causa como responsable civil subsidiaria al entender que no procede en este momento procesal.

En un auto dictado y notificado este miércoles a las partes, la magistrada cita jurisprudencia de la Audiencia Provincial de Valencia según la cual el responsable civil subsidiario “se incorpora el proceso desde que la pretensión civil se dirige contra él, dándosele traslado del escrito de calificación o acusación, o bien antes de dicho trámite, cuando se dicta resolución judicial para el aseguramiento de sus responsabilidades”.

Polémica con los grupos políticos

Este lunes la Generalitat solicitó a la jueza instructora personarse como responsable civil subsidiario en régimen de exclusividad para “garantizar la defensa de los intereses de los valencianos”, y porque hay dos exaltos cargos de la Generalitat Valenciana investigados, Salomé Pradas y Emilio Argüeso, y podrían derivarse llegado el caso “responsabilidades de tipo civil”, según informó Vozpopuli.

Esta petición ya generó polémica en el ámbito político y Compromí considerando que tenían como objetivo acceder a las diligencias y “enterarse” de los pasos que vaya dando la jueza, sobre todo por la imputación a los dos integrantes del Gobierno de Carlos Mazón.

Para la portavoz de Compromís en el Congreso, Agueda Micó, la Generalitat ya asumía que acabará siendo declarada responsable civil subsidiario respecto de las consecuencias de la DANA y lo que pretendía ahora era “personarse para tener acceso a toda la información y para poder estar enterados y poder actuar en consecuencia”.

Según Águeda Micó, quien debiera personarse “como investigado” es el presidente de la Generalitat y que fuera a “dar las explicaciones” sobre su actuación en esa tragedia. “Mazón continúa sin dar la cara y la Generalitat Valenciana actúa en este caso de forma táctica porque le interesa para cubrir sus necesidades como institución que será responsable civil subsidiaria”, añadió.

La falta de norma sobre el responsable civil subsidiario

Ahora en su respuesta, la jueza cita el auto de la Audiencia Provincial de Valencia, de fecha de 30 de abril de 2018, que analiza el momento de la personación del responsable civil subsidiario.

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Este auto concluye asegurando que “en suma, podemos decir que, a falta de norma expresa que otra cosa disponga, el responsable civil subsidiario se incorpora al proceso desde que la pretensión civil se dirige contra él, dándosele traslado del escrito de calificación (artículo 650 y siguientes de la LECrim) o acusación (en el procedimiento abreviado, artículo 781 de la LECrim ) o bien, antes de dicho trámite, cuando se dicta resolución judicial para el aseguramiento de sus responsabilidades (artículo 615 y siguientes y 764 LECrim)”.

Carlos Mazón no puede ser citado

El mismo lunes, la jueza volvió a rechazar la solicitud de la acusación particular para citar al presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, como testigo. Esta decisión fue emitida en uno de los seis autos que la magistrada firmó en esa jornada, reafirmando su postura que ya había expresado en una resolución anterior.

La juez fundamentó su negativa en la legislación vigente, citando el Estatuto de Autonomía y la normativa relacionada, que establece que el Consell es el órgano superior encargado de la dirección y coordinación de la protección civil en la comunidad. Según la Ley Valenciana de Protección Civil y Gestión de Emergencias, la Conselleria competente en protección civil tiene la responsabilidad de ejercer el Mando Único durante una emergencia y de dirigir los planes de protección civil, incluyendo las medidas de seguridad y las instrucciones que deben seguir los ciudadanos.

La jueza recordó que, aunque se había solicitado su declaración como testigo, Mazón no ha sido citado ya que, como parte de su rol en la gestión de la crisis, el Mando Único de la emergencia recae en el Consell. Además, la magistrada precisó que el presidente Mazón podría solicitar ser investigado si lo consideraba oportuno, algo que ya se le había ofrecido pero que él ha rechazado.