
Un juez federal de Los Ángeles, California, decidió rechazar una segunda demanda presentada por Spencer Elden contra miembros de la banda Nirvana, la discográfica Universal Music Group, la viuda de Kurt Cobain y el fotógrafo Kirk Weddle, según informó Reuters. Elden, cuya imagen aparece en la portada del álbum Nevermind de 1991 cuando era un bebé, había denunciado a los responsables por presunta explotación sexual infantil, ya que su fotografía muestra a un niño desnudo nadando en una piscina.
Según información de la agencia Reuters, el juez Fernando Olguin consideró que ningún jurado razonable podría interpretar la imagen como pornografía. El magistrado detalló: “Aparte del hecho de que el demandante estaba desnudo en la portada del álbum, nada se acerca a incluir la imagen dentro del ámbito de la ley sobre pornografía infantil”. Esta declaración selló el destino de la demanda, cuya revisión anterior había quedado inconclusa por motivos procesales.
De acuerdo con el fallo emitido el último martes 30 de septiembre, el juez Olguin comparó la imagen con una “foto familiar de un niño desnudo bañándose” y concluyó que la portada del álbum no califica como material sexualmente explícito. De esta manera, la resolución judicial elimina la posibilidad de que la situación tome el carácter penal que Elden alegó en sus documentos legales.

Las declaraciones oficiales reflejan la posición de ambas partes en el conflicto judicial. El abogado de Nirvana, Bert Deixler, expresó que la banda y quienes la rodean se sienten satisfechos con el cierre del caso y el retiro de las acusaciones. “Estamos encantados de que el tribunal haya puesto fin a este caso sin fundamento y haya liberado a nuestros clientes creativos del estigma de acusaciones falsas”, sostuvo Deixler en el comunicado recogido por la agencia.
En tanto, los representantes legales de Spencer Elden no realizaron comentarios públicos inmediatos tras conocerse la sentencia. Según Reuters, la defensa legal de Elden no respondió a los pedidos de declaraciones durante el miércoles.
Desde el inicio, la demanda abarcó a miembros vivos de Nirvana —Dave Grohl y Krist Novoselic—, además de la viuda de Kurt Cobain, Courtney Love, la compañía Universal Music Group y el fotógrafo Kirk Weddle, responsable de la imagen tomada en el Pasadena Aquatic Center, California. Esta fotografía muestra a Elden nadando desnudo hacia un billete de un dólar colocado en un anzuelo, lo que pasó a formar parte de la famosa portada del disco.
Según documentos judiciales, Elden tenía 34 años al momento de iniciar el proceso legal en 2021. El demandante alegó haber sufrido un daño personal permanente y continuo por la difusión global y masiva de su imagen, ya que Nevermind vendió millones de copias y se considera un hito en la historia de la música popular.
De acuerdo con antecedentes recopilados por Reuters, el mismo juez federal había desestimado el caso en 2022 porque las reclamaciones se presentaron fuera del plazo permitido por ley, sin analizar el fondo de las acusaciones. Sin embargo, una decisión del Noveno Circuito en 2023 ordenó revisar la cuestión de fondo, lo que llevó a la sentencia actual.

El fallo transmite claridad sobre los límites legales entre representación artística y la consideración de material sexualmente explícito en la difusión de imágenes infantiles. La justicia federal consideró que la fotografía en cuestión —a pesar de su amplia distribución y notoriedad internacional— no trasgrede las leyes sobre pornografía infantil en Estados Unidos, pues carece de características de explotación sexual.
De acuerdo con el historial del caso, la imagen de Elden como bebé formó parte del diseño gráfico del álbum Nevermind desde 1991. El disco, que incluye éxitos como “Smells Like Teen Spirit”, figura entre los lanzamientos más influyentes del rock contemporáneo y se mantiene como referente cultural de la década de los 90. Expertos en derecho y medios especializados siguieron de cerca el avance del proceso judicial, señalando el impacto de la resolución en futuras demandas vinculadas a obras musicales y material visual que involucre menores.
La controversia sobre la portada acentuó debates públicos sobre el uso de imágenes de menores por parte de la industria cultural y los límites entre expresión artística y protección legal. La sentencia del juez Olguin refuerza los criterios objetivos aplicados por los tribunales federales en el tratamiento de este tipo de reclamos y establece un precedente relevante.
Según la resolución, el tribunal reconoce la carga simbólica de la imagen pero niega que reúna elementos legales de pornografía, dado que la composición no exhibe intenciones sexuales ni búsqueda de explotación. Al cerrar el caso, la justicia resuelve, al menos en el plano legal, una de las disputas recientes más emblemáticas entre derechos de autor, imagen y protección de la infancia.
La imagen de la portada de Nevermind continuará como ícono cultural, mientras los tribunales reiteran la necesidad de criterios objetivos para valorar casos con implicancias sensiblemente profundas. Hasta el momento, ninguna de las partes anunció la intención de apelar la sentencia ni abrir una nueva instancia judicial en otro fuero.
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