
El Gobierno dispuso el otorgamiento de un Bono Extraordinario Previsional de hasta 70.000 pesos para jubilados y pensionados. Esta medida impacta en los beneficiarios del sistema previsional nacional y busca compensar la pérdida de poder adquisitivo sufrida por los adultos mayores de menores ingresos.
Como es habitual, el monto extra se oficializó esta madrugada con la publicación del Boletín Oficial del Decreto 444/2025, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Esta normativa establece que el bono se abonará en el mes de julio de 2025 y alcanzará a quienes perciban prestaciones contributivas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y otras pensiones graciables.

La decisión responde a los efectos adversos generados por la aplicación de la Ley 27.609 de Movilidad Jubilatoria, que, según el texto oficial, “presentaba graves y serios inconvenientes, en tanto no resguardaba el riesgo inflacionario que afectaba los beneficios de los adultos mayores, puesto que no contemplaba la variación de los precios y presentaba un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes”.
El bono en sí fue un recurso al que el Gobierno recurrió para encubrir el mal diseño del sistema de movilidad pergeñado en 2020, que hizo que, en un contexto de inflación en permanente ascenso, los jubilados perdieran, también permanentemente, poder adquisitivo.
El decreto detalla que el plus será de hasta 70.000 pesos para quienes perciban un monto igual o menor al haber mínimo previsional garantizado, conforme al artículo 125 de la Ley 24.241. Para quienes superen ese monto, cubrirá la diferencia necesaria para alcanzar la suma del haber mínimo más el bono máximo.
El texto aclara que “el BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL que se otorga por el presente decreto tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
La medida también especifica que, en el caso de beneficios de pensión con varios copartícipes, estos serán considerados como un único titular a los fines del derecho al bono.
Además, la ANSES queda facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación, administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas del bono.
El decreto se apoya en la reforma de la movilidad jubilatoria dispuesta por el Decreto 274/24, que estableció la actualización mensual de los haberes previsionales desde julio de 2024, de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el INDEC. El texto oficial señala que la entrega del bono busca “mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra”.
La Jefatura de Gabinete de Ministros deberá realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para cumplir con la medida, que entró en vigencia el mismo día de su dictado.
Entre las citas destacadas del decreto, se señala: “Para percibir el bono extraordinario previsional, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación y el mismo no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.
De esta manera, con los aumentos oficializados la semana pasada, durante julio, los jubilados con 30 años de aportes efectivos recibirán un ingreso bruto de $379.298,16, incluyendo el bono extraordinario. Tras los descuentos, el monto neto asciende a 370.158 pesos. Para quienes no acceden al bono, las cifras muestran una suba del 1,5%, correspondiente a la inflación de abril, lo que llevó el haber mínimo sin bono de $304.723,93 a $309.298,16. El haber máximo también registró un aumento, avanzando de $2.050.503,62 a $2.081.283,91.
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