
El 14 de junio marcó el fin del periodo de transición para la implementación del etiquetado frontal obligatorio en alimentos envasados en Colombia.
Desde esa fecha, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) intensificó las inspecciones a los productos que no cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución 810 de 2021 y sus modificaciones, según informó la entidad.
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Este etiquetado busca advertir a los consumidores sobre niveles elevados de nutrientes como sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans o la presencia de edulcorantes.
De acuerdo con Alexander Díaz, coordinador de vigilancia epidemiológica de alimentos y bebidas del Invima, las visitas a establecimientos productores ya están en marcha para verificar el cumplimiento de la normativa.

“El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos- Invima, en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, viene implementando acciones rigurosas para verificar el cumplimiento del reglamento técnico del etiquetado nutricional y frontal de alimentos envasados y/o empacados, de acuerdo con la Resolución 810 de 2021, modificada por la Resolución 2492 de 2022 y por la Resolución 254 de 2023)”, se lee en el comunicado del Invima.
Los alimentos que excedan los límites establecidos deben incluir sellos de advertencia en sus empaques. En caso de incumplimiento, los productos pueden ser objeto de medidas sanitarias, como el decomiso.
Díaz explicó que los ciudadanos también pueden reportar irregularidades, lo que permite una colaboración entre el Invima y las secretarías de salud departamentales y municipales para ejercer control en los puntos de venta.
El etiquetado frontal tiene como objetivo principal informar al consumidor de manera clara y visible si un producto excede los niveles establecidos de ciertos nutrientes o contiene edulcorantes.
Los sellos, diseñados en forma de octágonos negros con letras blancas, deben ubicarse en el tercio superior derecho de la etiqueta principal del empaque.
Estos distintivos incluyen frases como “Exceso en azúcares” o “Contiene edulcorantes”, y su tamaño varía según el área del empaque para garantizar su legibilidad.

La normativa establece criterios técnicos específicos para determinar qué productos deben llevar los sellos. Por ejemplo, un alimento sólido debe incluir el etiquetado si contiene más de 300 miligramos de sodio por cada 100 gramos, o si los azúcares o grasas saturadas representan más del 10% del contenido energético total. En el caso de los edulcorantes, su simple presencia activa la obligatoriedad del sello, independientemente de la cantidad utilizada.
El Invima recordó que durante el periodo de transición, los fabricantes pudieron agotar las etiquetas previas o utilizar adhesivos temporales para cumplir con la normativa.
Sin embargo, desde el 14 de junio de 2025, todos los productos fabricados, importados o comercializados están obligados a cumplir plenamente con los requisitos establecidos.
La entidad ha trabajado de manera coordinada con el sector productivo y comercial para facilitar este proceso, asegurando que los consumidores cuenten con información clara, comprensible y veraz sobre los productos que adquieren.
No todos los alimentos están obligados a llevar sellos de advertencia. Según el Invima, algunos productos no superan los niveles de nutrientes establecidos por el Ministerio de Salud, por lo que no requieren este tipo de etiquetado.
Además, las empresas tienen la posibilidad de reformular sus productos para ajustarse a la normativa, conforme a las condiciones estipuladas en la Resolución 2674 de 2013. Estas modificaciones están sujetas a verificación por parte del Invima, que actúa bajo la presunción de buena fe.

El etiquetado frontal es una herramienta clave para promover decisiones informadas en la compra de alimentos y, en última instancia, mejorar la salud pública. Según el Invima, esta medida preventiva busca reducir el consumo excesivo de nutrientes asociados con enfermedades crónicas no transmisibles, como la obesidad y la diabetes.
La entidad también destacó que otros aspectos del etiquetado, como las fechas de vencimiento o el uso de aditivos, están regulados por normativas específicas y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas.
En un comunicado, el Invima reiteró su compromiso con la vigilancia, inspección y control de los alimentos envasados y empacados en el país. La entidad enfatizó que el cumplimiento de la normativa es obligatorio para todos los productos que excedan los límites establecidos de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans o que contengan edulcorantes, y que continuará trabajando para garantizar que los consumidores tengan acceso a información nutricional precisa y transparente.
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