Registrador se refirió a la consulta popular de Gustavo Petro y pidió ayuda a las altas cortes: “No es posible realizarla en 53 días”

El funcionario insistió en que hay un lío jurídico entre el decreto expedido por el Gobierno Petro, al igual que la decisión del Senado, que negó la propuesta en mayo de 2025

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Hernán Penagos anunció un enfoque
Hernán Penagos anunció un enfoque tecnológico avanzado, con biometría y simulacros electorales, para garantizar procesos democráticos transparentes en Colombia - crédito Registraduría Nacional

En la mañana del martes 17 de junio de 2025, el registrador nacional, Hernán Penagos, instó al Consejo de Estado, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, a la Procuraduría General de la Nación y demás entidades judiciales para que decidan sobre el decreto que convoca a los colombianos a una consulta popular, expedido por el presidente Gustavo Petro el 11 de junio.

En una rueda de prensa, el funcionario precisó que hay un lío jurídico entre la postura del Gobierno nacional, así como la decisión del Senado al negar el mecanismo de participación el 14 de mayo, con una votación de 49 votos en contra frente a 47 a favor, por lo que espera que la situación sea resuelta por los altos tribunales.

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Vamos a instar a los jueces de la república para que decidan sobre los actos judiciales, para que decidan sobre esta consulta popular”, señaló Penagos en declaraciones a los medios de comunicación.

Hernán Penagos, registrador nacional -
Hernán Penagos, registrador nacional - crédito Registraduría

Del mismo modo, Penagos indicó que la decisión de suspender el proceso responde tanto a la complejidad logística de organizar una consulta de tal magnitud como a la controversia legal que enfrenta al Ejecutivo y al Congreso.

“No se trata, simplemente, de la convocatoria a una consulta, sino del respeto por el principio de separación de poderes. También de una controversia jurídica que puede generar dificultades jurídicas muy complejas. Aquí, lo prudente, es esperar una decisión de las altas Cortes”, explicó.

A su vez, detalló que la directiva presidencial cuenta con múltiples demandas ante las altas cortes, entre ellos, se destacan 11 demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional y 10 accidentes de nulidad simple, 34 acciones de nulidad por inconstitucionalidad y 97 tutelas en el Consejo de Estado.

“Organizar una consulta popular de la magnitud de la que aquí se convoca, exige una planeación muy juiciosa, que debe adelantarse con todo rigor”, declaró Penagos en la rueda de prensa.

Hernán Penagos, Registrador Nacional, Sobre Decretazo De Consulta Popular, advirtiendo que no tiene los tiempos establecidos para adelantar la jornada electoral - crédito Registraduría Nacional del Estado Civil/YouTube

No obstante, Hernán Penagos informó que, más allá de la controversia jurídica, la organización de una jornada electoral de estas características implica un trabajo de meses y una logística considerable, por lo que sostuvo que, en caso de que los entes judiciales avalen el decreto del Gobierno colombiano, necesitarían un plazo de 90 días (tres meses) para la planeación, coordinación y ejecución de la jornada electoral, por lo que descartó que este mecanismo de participación se efectúe el 7 de agosto de 2025, fecha citada por la administración nacional.

“Estamos ante una dificultad material, porque organizar una consulta popular de la magnitud de la que aquí se convoca, exige una planeación muy juiciosa (...) Son 53, días, menos de dos meses, es un tiempo insuficiente para convocar a una consulta de este nivel. Son 42 millones de personas las que podrían participar de una consulta. No podemos tener una logística que ni siquiera podamos nosotros garantizar”, reiteró el registrador.

FOTO DE ARCHIVO. Un empleado
FOTO DE ARCHIVO. Un empleado cuenta billetes de pesos colombianos en una casa de cambio en Bogotá, Colombia, 11 de julio, 2022. REUTERS/Luisa González

Adicionalmente, el funcionario recordó que, para realizar este tipo de jornadas en el país, la entidad requiere una inversión mínima de 750.000 millones de pesos.

No es correcto que la Registraduría comprometa 750.000 millones de pesos, que en el futuro puedan representar un detrimento patrimonial para el Estado, además de significar investigaciones disciplinarias, penales y fiscales”, manifestó.

Posteriormente, Penagos explicó que ese monto sería destinado a la logística de la eventual consulta popular nacional, que implica la instalación de 112.000 mesas de votación, el envío de material electoral a 67 países y 124 consulados, la capacitación de jurados, la verificación del umbral de participación y la validación de las preguntas sometidas a consulta.

“Vamos a invitar a los jueces, magistrados y las cortes para que decidan si hay lugar a continuar o no con el trámite de la consulta popular”, declaró el registrador.

Puerto Guzmán definió a su
Puerto Guzmán definió a su alcalde luego de que el Consejo de Estado anulara la elección de Miguel Ángel Muñoz Gómez - crédito Registraduría Nacional del Estado Civil

Sin embargo, enfatizó que, en caso de que las altas cortes y los organismos de control emiten un concepto favorable a la propuesta del Gobierno Petro, pasarán a la planeación para la realización de la jornada electoral en Colombia.

Si el Consejo de Estado y las altas cortes ordenan que se lleve a cabo, tenemos que tener un tiempo de tres meses para construir el plan para realizar la consulta. Aquí lo más juicioso y correcto es solicitar a las altas cortes para que tomen la decisión de fondo”, puntualizó.

El pronunciamiento de Penagos hace referencia al primer proyecto de consulta popular, que incluía doce preguntas y fue presentado tras el hundimiento de la reforma laboral en la Comisión Séptima del Senado. Aunque ese proyecto fue rechazado, la iniciativa revivió en el Congreso, donde el Gobierno busca que se apruebe un nuevo texto.

Desde la administración Petro, especialmente por el ministro del Interior, Armando Benedetti, han manifestado su disposición a derogar el decreto de convocatoria si el Senado aprueba la reforma laboral en los términos exactos aprobados en la Cámara de Representantes.

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